Legalización de documentos para ser presentados ya sea en Chile o en el extranjero.

Por Abogado Palma | 23.09.2013
Derecho Civil| 4 minutos
Sello antiguo de legalidad de un documento
Foto de David Nitschke en Unsplash

El inc. 1° del artículo 345 del Código de Procedimiento Civil expresa que: «Los documentos públicos otorgados fuera de Chile deben presentarse debidamente legalizados, y se entenderá que lo están cuando en ellos conste el carácter público y la verdad de las firmas de las personas que los han autorizado, atestiguadas ambas circunstancias por los funcionarios que, según las leyes o la práctica de cada país, deban acreditarlas.»

Ahora bien, la autenticidad de las firmas y el carácter de los funcionarios que han intervenido, se comprobará en Chile por alguno de los medios siguientes:

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  1. El atestado del agente diplomático o consular chileno, acreditado en el país de donde el instrumento procede, y cuya firma se compruebe con el respectivo certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
  2. El atestado de un agente diplomático o consular de una nación amiga acreditado en el mismo país, a falta de funcionario chileno, certificándose en este caso la firma por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores del país a que pertenezca el agente o del Ministro Diplomático de dicho país en Chile, y además por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República en ambos casos; y
  3. El atestado del agente diplomático acreditado en Chile por el Gobierno del país en donde se otorgó el instrumento, certificándose su firma por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República.

De igual modo, las autoridades de los países extranjeros exigen que los documentos públicos otorgados en Chile, estén legalizados, para hacerlos valer en el exterior.

Veamos esto a través del ejemplo de una escritura pública que ha sido otorgada en el extranjero y que se quiere presentar en Chile, para ello será necesario:

  1. Que la firma del Notario autorizante sea certificada por la autoridad correspondiente de dicho país;
  2. A su vez la firma de dicha autoridad será certificada por el cónsul o agente diplomático chileno acreditado en el mismo país; y
  3. La firma de este último, deberá ser certificada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, por medio del funcionario que está a cargo de la Oficina de Legalizaciones.

Ahora de forma viceversa, si lo que se desea es presentar en el extranjero una escritura pública otorgada en Chile, será necesario:

  1. Certificar la firma del Notario por un funcionario del Ministerio de Justicia;
  2. A su vez la firma de éste por el funcionario encargado en el Ministerio de Relaciones Exteriores; y
  3. La firma de este último por el agente diplomático o consular acreditado en Chile por el gobierno del país donde se quiere presentar el documento.

No es necesario presentar una solicitud o realizar un trámite especial para proceder a las legalizaciones, basta llevar el documento a la oficina de legalizaciones de los Ministerios ya nombrados, acompañándolos de las estampillas de impuesto correspondientes a cada legalización.

Las autoridades chilenas competentes más frecuentes son:

Ministerio de Justicia
Oficina de Legalizaciones
Edificio Registro Civil y Pasaportes
Moneda 1155
Horario de atención: Lunes a Viernes de 9 a 14 hrs.

Ministerio de Educación
Oficina de Legalizaciones
Fráy Camilo Henriquez 262
(Metro Bustamante)
Horario de atención: Lunes a Viernes de 9 a 16 hrs.

Ministerio de Relaciones Exteriores
Oficina de Legalizaciones
Agustinas 1320
Horario de atención: Lunes a Viernes de 9 a 14 hrs.

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Autor: Abogado Palma

Abogado Pablo Palma, LL.M. (Berlin). Doctor en Derecho (Ph.D.), fundador de Derecho-Chile, especialista en Derecho Societario y Nuevas Tecnologías, con vocación emprendedora.

El contenido de este artículo, sus comentarios y las respuestas ofrecidas no constituyen ni asesoramiento legal, ni son sustitutivas del correspondiente asesoramiento jurídico personalizado de un abogado. Ante cualquier consulta profesional contáctenos, sin compromiso, a través del formulario de contacto.
Las sentencias publicadas tienen como objetivo la difusión de la jurisprudencia más relevante. Al tratarse de un fallo emitido por alguna Corte de Apelaciones o Juzgado, verifique si se encuentra ésta firme y ejecutoriada en el portal del Poder Judicial.

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14 Comentarios

  1. […] Legalización de documentos para ser presentados ya sea en Chile o en el extranjero. […]

  2. Eileen Cardoza dice:

    Buena tardes, me gustaría consultar lo siguiente: Tengo la Tutela de mi hermano de 10 años, mi madre fallecio y su padre no reconoció legalmente con los apellidos al niño, Yo era la persona mas adecuada para el cuidado de mi hermano, tengo 32 años, Ingeniera, Casada y el tribunal me dio la tutela. Esta tutela fue emitida en Venezuela, yo la tramite por el ministerio de relaciones exteriores para apostillar el documento y sea legal aca en Chile. Mi consulta va dirigida si es necesario acreditar este documento aca en Chile, he tenida diferentes respuestas en el Ministerio de Relaciones Exteriones de Chile me dicen que el documento ya es legal y no necesita mas tramites, pero para salir del país la pdi me ha puesto retrasos en la revisión del documento ya que no esta validado por algún ente chileno y me recomendaron tramitar un Exequátur. Que debería hacer para que el documento de tutela apostillado sea reconocido en Chile?

    • María Luisa dice:

      Estimada Eileen,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respondiendo brevemente a tu consulta, te comento que efectivamente, para salir del país con menores de edad siempre se exige el Certificado de Nacimiento, junto con la autorización de los padres del menor, o bien la sentencia que indica que el niño está al cuidado de la persona con la que viaja.
      En tu caso, lo más recomendable es que tramites el exequátur para que se reconozca en Chile la sentencia obtenida en Venezuela y no tengas más problemas en el futuro para viajar junto a tu hermano fuera del país.

      Espero haber aclarado tus dudas, y en caso de que requieras de un presupuesto gratuito para la tramitación de ese exequátur por abogados expertos en la materia, te invito a completar el siguiente Formulario de Contacto.

      Saludos cordiales.

  3. Darling dice:

    Hola , quiero saber cómo hacer un contrato , mi novio y yo queremos hacer un contrato para que yo le pertenezca pero sin casarse ni nada
    Qué hay que tener ?
    Qué es lo que hay que hacer ?
    Las dos personas tienen que ser mayores de edad para el trámite ?

    • Abogada Isidora dice:

      Estimada Darling,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le respondo:
      Podrían hacer un acuerdo de unión civil (AUC), que permite que dos personas que conviven o deciden vivir juntas puedan celebrar un contrato con el fin de regularizar los aspectos jurídicos propios de una vida afectiva en común, de carácter estable y permanente. Esto está regulado en la Ley N° 20.830.

      Para que le contacte directamente uno de nuestros abogados, escríbanos en el siguiente link.

      Saludos

  4. María Eugenia Arévalo Ojeda dice:

    Buenas tardes: mi hija ques es Chilena , casada con ciudadano alemán y tienen 2 hijos nacidos en Alemania viene a visitarnos a Chile .Viene sola con su hija menor que tiene 3 años 7 meses. La niña tiene Pasaporte alemán. Debe traer un documento visado en la Embajada chilena en Berlín , para salir de Chile y posteriormente entrar de nuevo a Berlín ; donde su Padre autoriza este viaje de ambas sin él? Puede salir de Chile sin ese permiso o autorización ?
    Muchas gracias

    • Abogado D-CL dice:

      Estimada María Eugenia,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.
      De lo que planteas, entiendo que tu nieta entrará a Chile como turista, sola con su madre, por lo tanto podrá salir tal como entró al país.
      Para que te contacte un abogado de nuestro equipo escríbenos a este link.

      Saludos.

  5. […] Legalización de documentos para ser presentados ya sea en Chile o en el extranjero. […]

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