Matrimonio por poder.

Por Abogado Palma | 17.05.2013
Derecho Familia| 2 minutos
Novia sosteniendo un ramo de flores
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El Matrimonio por poder es posible de realizar en virtud del Art. 103 del código civil, que señala: El matrimonio podrá celebrarse por mandatario especialmente facultado para este efecto. El mandato deberá otorgarse por escritura pública, e indicar el nombre, apellido, profesión y domicilio de los contrayentes y del mandatario».

Se permite contraer matrimonio a través de un mandatario especialmente facultado para ese efecto. En este caso el mandato deberá otorgarse por escritura pública y deberá contener, el nombre, apellido, profesión y domicilio de los contrayentes y el mandatario.

La minuta de la escritura Pública debe ser redactada por un abogado.

La ley de registro civil 4808 incorpora esta figura, y en su Art. 15 estableció que el matrimonio celebrado por poder debía sujetarse a las exigencias del Art. 103.

La ley de matrimonio civil agrega un inciso final al Art. 15 señalándose que tratándose de los matrimonios religiosos celebrados ante entidades de derecho público no tiene aplicación el Art. 103 en materia de inscripciones.

¿Cuáles son las exigencias que el Art. 103 contempla a propósito del matrimonio cuando se contrae matrimonio por poder?

  • En un mandato especial.
  • Es solemne (lo que es una excepción al contrato de mandato).
  • Debe ser determinado, puesto que se debe indicar lo señalado en el Art. 103.

A lo largo de nuestra historia, hemos redactado más de 300 mandatos especiales para contraer matrimonio, incluyendo matrimonios realizados con mandatos especiales dobles, es decir sin que ninguno de los contrayentes se encontraran en Chile. Los que han sido firmados tanto en los consulados chilenos de todo el mundo. Lo cual nos ha convertido en pioneros en esa materia.

¿Necesita que se le redacte un mandato especial para celebrar un matrimonio por poder?

En Derecho-Chile lo asesoramos, le ayudamos de la forma más rápida y al precio más económico del mercado, ¡consúltenos!

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Autor: Abogado Palma

Abogado Pablo Palma, LL.M. (Berlin). Doctor en Derecho (Ph.D.), fundador de Derecho-Chile, especialista en Derecho Societario y Nuevas Tecnologías, con vocación emprendedora.

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46 Comentarios

  1. Yen dice:

    Hola , estoy en Cuba y quiero casarme por poder pero sería matrimonio igualitario, que necesito para hacerlo , cuáles son los pasos a seguir ??? Me encantaría q me pudieran ayudar 🥺

    • Abogado Palma dice:

      Estimada Yen,

      muchas gracias por su comentario.
      Obviamente la podemos ayudar, le enviaré la información y presupuesto a su email en unos minutos.
      No se preocupe, que todo saldrá bien.

      Saludos

  2. javiera dice:

    Con mi ahora esposa, nos casamos por mandato especial y fué todo un éxito, tuvimos algunas complicaciones en el registro civil porque nos casamos por matrimonio igualitario pero nada que no se pudiera resolver, el abogado nos resolvió todas nuestras dudas, muy buen servicio 😊

    • Abogado Palma dice:

      Gracias estimada Javiera por sus amables comentarios!
      Me alegra saber que todo haya resultado de acuerdo a lo conversado.
      Les deseo de todo corazón lo mejor, sean muy felices y disfruten cada día el poder estar juntas.

      Saludos

  3. Andrea dice:

    Hola quisiera saber si puedo contraer matrimonio con mi pareja que vive en Suecia y yo en Chile. (Ambas somos del mismo sexo / matrimonio igualitario)
    De ser posible cuales son los pasos a seguir.

    Gracias!

    • Estimada Andrea,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile y felicitaciones por sus planes de matrimonio.
      Al grano:
      La actual legislación chilena reconoce oficialmente solamente la relación entre personas del mismo sexo mediante la Unión Civil.
      Lamentablemente el matrimonio igualitario en estos momentos es solo un proyecto de ley. Tendremos que esperar para tener un Chile más inclusivo y más digno para todas y todos.
      Ahora bien, lo que sí pueden realizar en Chile, aun cuando su pareja se encuentre en el extranjero, es la celebración de un Acuerdo de Unión Civil a través de un representante.
      El Art. 5° inc. 3ro. de la Ley N° 20.830, señala que el Acuerdo de Unión Civil podrá celebrarse a través de una 3ra persona especialmente facultada para este efecto.
      La redacción del mandato y la comunicación con el consulado en cuestión lo realizo yo personalmente, para contactarme y solicitar un presupuesto económico, puede escribirme a través del siguiente formulario de contacto, especialmente creado para ello.

      Cordiales saludos

  4. Estimada Maca,

    muchas gracias por su consulta.
    Al grano:
    El mandato judicial debe ser redactado en su totalidad por un abogado y éste debe enviarlo al consulado.
    En el caso de que necesite de apoyo de un abogado con experiencia en este tipo de gestiones, puede contar conmigo, he redacto cientos de éstos mandatos especiales.
    Para contactarme y solicitar un presupuesto económico, puede escribirme a través del siguiente formulario de contacto, especialmente creado para ello.

    Cordiales saludos

  5. Andrea Martinez dice:

    Hola,. tengo desde octubre un poder de administración publica y quiero saber si puedo casarme con este poder por el civil, mientras mi novio esta en Luxemburgo, esto para continuar con el proceso de la visa que el ya obtuvo por trabajo. Quisiera saber si este casamiento es igual de legal y me permite realizar los tramites de migración. Agradecida su ayuda

    • Estimada Andrea,

      muchas gracias por su consulta y felicitaciones por sus planes de matrimonio.
      Al grano:
      No, no puede.
      Usted necesita de un mandato especial para contraer matrimonio a través de un representante. El cual es una escritura pública, a través de la cual una persona (mandante) le encarga a otra persona (mandatario) que le represente en un asunto específico, claramente determinado, a saber, celebrar a nombre de otro el matrimonio.
      Nos demoramos 24 horas en redactar el mandato, una vez que se nos entreguen toda la información correspondiente.
      Para contactarnos y solicitar un presupuesto económico, escríbanos por favor a través del siguiente formulario de contacto, especialmente creado para ello.

      Cordiales saludos

    • Cler diaz soto dice:

      Hola ,buenas tardes ,quisiera saber si mi novio esta casado en Usa ,se puede casar nuevamente pero en Chile estando el alla y yo aca,oh se tiene que divorciar primero para contraer matrimonio ,espero su comentario.

      • Abogada Nicole dice:

        Estimada Cler,

        Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
        En relación a su consulta, podemos comentarle que si bien el matrimonio de su novio, en USA, no se encuentra inscrito en Chile, lo que corresponde es que primeramente proceda a su divorcio para luego proceder a un matrimonio en Chile.
        Ahora bien, respecto a lo demás de su consulta, efectivamente es posible acudir a la figura de matrimonio por poder, para lo cual se confecciona un mandato especial para que su novio pueda ser representado en Chile al momento del matrimonio.
        Cabe destacar, que hemos sido pioneros en dicha fórmula la cual siempre ha resultado exitosa.
        Para contactarnos y solicitar un presupuesto económico, puede escribirnos a través del siguiente Formulario de Contacto, especialmente creado para ello.

        Saludos cordiales

  6. Josue dice:

    Estimado Pablo, felicidades por este espacio y su tiempo tan profesional para atender nuestras dudas.
    Soy dominicano y mi polola es Chilena, hemos leído sobre el matrimonio mediante poder especial pero aún tengo ciertas Dudas, me sería de gran ayuda lo que me pueda informar al respecto.
    – Yo soy el que tiene que hacer desde acá el Mandato especial y enviarlo para que me representen en chile o todo lo puede hacer ella desde ahí.
    – Que otros documentos le tendría que enviar para que se pueda efectuar el matrimonio ahí.
    -Algunos de estos documentos tienen que estar legalizados por el consulado de Chile en mi País o solamente por el ministerio de relaciones exteriores de acá.
    -Después de Casados la solicitud de Visa de Residencia Temporaria, la solicito yo o es ella quien tiene que solicitarla desde haya.
    Gracias por todo, que tenga buen día.

    • Estimado Iván,

      muchas gracias por su consulta y felicitaciones por sus planes de matrimonio.
      Le respondo:
      – Los documentos (copia de las cédulas de identidad) deben ser enviados al abogado que redacta el mandato especial.
      Para recibir más detalles por favor complete el siguiente formulario de consultas.
      Estamos en contacto.

      Cordiales saludos.

    • Estimado Josué,

      muchas gracias por su consulta y felicitaciones por sus planes de matrimonio.
      Le respondo:
      – Yo soy el que tiene que hacer desde acá el Mandato especial y enviarlo para que me representen en chile o todo lo puede hacer ella desde ahí.
      Respuesta: Yo soy el que manda el escrito al consulado, ya que lo debe enviar el abogado.
      – Que otros documentos le tendría que enviar para que se pueda efectuar el matrimonio ahí.
      Respuesta: Copia de las cédulas de identidad de las personas que intervienen.
      -Algunos de estos documentos tienen que estar legalizados por el consulado de Chile en mi País o solamente por el ministerio de relaciones exteriores de acá.
      No.
      -Después de Casados la solicitud de Visa de Residencia Temporaria, la solicito yo o es ella quien tiene que solicitarla desde haya.
      Lo puede solicitar usted desde allá, o usted en Chile o su abogado.
      Para recibir más detalles por favor complete el formulario de consultas.

      Estamos en contacto.

      Cordiales saludos.

  7. marisol dice:

    hola quiero preguntar como mi padre a fallecido y a dejado una herencia y yo me quiero casar con mi novio aca no quieren por que creen que le van a quitar el patrimonio y tambien creen que es un sinvergüenza estafador que por solo que es de cuba es un estafador que solo busca dinero y la residencia chilena yo le dijo que el es diferente pero no hay caso no entienden que se puede hacer ??…..

    • María Luisa dice:

      Estimada Marisol,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respondiendo brevemente a tu consulta, te comento que no me queda claro si es que eres mayor de edad, o si tienes entre 16 y 18 años.
      En caso de que todavía no tengas 18 años, efectivamente necesitas la autorización en este caso de tu madre. Si es que ella se niega a prestar su consentimiento, podrás pedirlo en el Juzgado de Familia correspondiente a tu domicilio, y si el juez o la jueza lo estiman pertinente, reemplazarán el consentimiento de tu madre.
      En caso de que seas mayor de 18 años, entonces puedes casarte sin necesidad de autorización alguna.
      El hecho de que formes parte de una sucesión no tiene relación con el matrimonio para estos efectos, y puedes decidirlo libremente.

      Espero haber aclarado tus dudas, y en caso de que requieras de mayor asesoría te invito a completar de manera gratuita el siguiente Formulario de Contacto.

      Saludos cordiales.

  8. Juan Pablo montiel Vargas dice:

    Hola buenas tardes una consulta con el matrimonio de poder ella puede ingresar a Chile con ese documento

    • Estimado Juan Pablo,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Al grano:
      No existe ninguna diferencia en términos jurídicos si una persona contrae matrimonio ya sea de forma personal o a través de un representante.
      Ahora bien, al ser su cónyuge extranjera, ella podría solicitar una VISA TEMPORARIA, la cual la habilita a residir en Chile y a realizar cualquier actividad lícita, sin limitaciones especiales.
      El requisito que se exige es tener un vínculo ya sea de padre, madre o cónyuge con un ciudadano chileno.

      En el caso de que requiera de la redacción del mandato especial para contraer matrimonio a través de un representante, escríbame por interno a través del siguiente Formulario de Contacto, de la redacción del mandato me preocupo personalmente.

      Cordiales saludos

      • Iván dice:

        Buenos días necesito saber que documentos debe enviarme mí novia que está en república dominicana deseo casarme por mandato

  9. Francisco dice:

    Hola mi novia esta en Venezuela esta esperando la visa democrática pero estamos aburridos de esperar, mi consulta si nos casamos por correspondencia se puede hacer algún trámite o solicitud para que se venga ya.

    • María Luisa dice:

      Estimado Francisco,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respondiendo brevemente a tu consulta, te comento que efectivamente, en Chile puedes casarte por poder, otorgando por escritura pública un mandato realizado exclusivamente para este efecto. Esto implica que ella deberá realizar dicho trámite en el consulado de Chile en Venezuela, enviarlo físicamente, y en el acto del matrimonio será representada por la persona a quién se le otorgó el mandato.

      Espero haber aclarado tus dudas, y en caso de que requieras de la redacción de este mandato especial para casarse a través de un representante, te invito a completar de manera gratuita el siguiente Formulario de Contacto.

      Cordiales saludos

    • Marcela dice:

      Buenos dias Sr Abogado. Soy chilena y deseo contraer matrimonio por poder con Cubano. Al contraer matrimonio con el en Cuba atraves de este poder, sin legalizar elnmatrimonio en Chile, pueden otorgarle la visa temporaria? Ya que deseamos una vez que le den la visa casarnos aqui en Chile. Esperando una respuesta y se encuentre bien. Dios le bendiga.

      • Pablo Palma dice:

        Estimada Marcela,

        muchas gracias por tu comentario y por participar en Derecho-Chile.
        Al grano:

        1ro.- Para celebrar un matrimonio a través de mandato especial para manifestar y celebrar un matrimonio en Cuba, se debe comunicar con un colega cubano.
        2do.- Si celebra el matrimonio en Cuba, necesariamente debe inscribir el matrimonio en Chile parea cumplir con los requisitos que exige la Visa de Residencia Temporaria para el extranjero que viaja con el propósito de radicarse en Chile, por tener vínculos de familia.
        3ro.- Le recomiendo que analice la opción de celebrar en Chile un Acuerdo de Unión Civil a través de un mandato. Luego de celebrar el AUC en Chile, su pareja puede solicitar la visa ya sea en el Consulado de Chile en el extranjero o en el Departamento de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores, una vez que ingrese en Chile. Con esta opción, pueden celebrar su matrimonio en Chile con «todas de la ley».
        Para contactarme directamente y solicitar un presupuesto económico para la redacción de un mandato especial para celebrar un acuerdo de unión civil, puede escribirme a través del siguiente formulario de contacto, especialmente creado para ello.

        Quedo atento.
        Cordiales saludos

  10. rodrigo dice:

    buenas tardes quiero casarme con una extranjera y por motivos ajenos a nosotros no es posible que ella venga a chile por un tiempo ( nos conocimos en su pais )… que papeles tendriamos que presentar en chile para poder casarnos …

  11. Fabiola dice:

    Buenas tarde el mandato es válido para efectuar la unión civil igualitario

    • María Luisa dice:

      Estimada Fabiola,

      Gracias por contactarte con Derecho-Chile.
      Respondiendo brevemente a tu consulta, te comento que efectivamente el Acuerdo de Unión Civil puede celebrarse por medio de mandatario. Este mandato debe estar reducido a Escritura Pública y debe cumplir con ciertos requisitos de contenido.
      En caso de que requieras ayuda de un abogado para la redacción de este mandato especial, puedes completar el siguiente Formulario de contacto.

      Cordiales saludos.

      • Estimada Astrid,

        muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
        Para poderla ayudar le pediría que se comunique a través del siguiente formulario de contacto especialmente creado para ello.

        Estamos en contacto.

        Cordiales saludos

        • marisol dice:

          hola mi novio esta en cuba y nos queremos casar yo soy residente de chile que hay que hacer para hacer ese tramite ….

          • Estimada Marisol,

            muchas gracias por su consulta y felicitaciones por sus planes de matrimonio.
            Al grano:
            El hecho de que su novio no se encuentre en Chile no es impedimento para que ustedes puedan contraer matrimonio.
            Nuestro Código Civil en su artículo 103 permite el matrimonio por poder, cuando uno de los novios no puede comparecer personalmente a la celebración del matrimonio en Chile.
            Para recibir más detalles por favor lea la siguiente página y complete el siguiente formulario de consultas..

            Estamos en contacto.

            Cordiales saludos.

  12. Paola dice:

    Hola
    Deseo preguntar que requisitos son para casarse por poder acá en Chile
    Mi novio se encuentra en Holanda , es holandés , pero habla español , yo acá en antofagasta de Chile
    Que documentos le debo pedir a el
    Para hacer el mandato

    Porque según entendí
    Se hace acá y después se lo debo enviar a el para que lo firme ?
    Y cuando se pide la hora al registro civil
    Es que queremos hacerlo todo a la brevedad posible
    Gracias

    • Abogada Isidora dice:

      Estimada Paola,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le respondo brevemente:
      El matrimonio en Chile puede celebrarse por medio de mandatario especialmente facultado para este efecto. El mandato deberá otorgarse por escritura pública, e indicar el nombre, apellido, profesión y domicilio de los contrayentes y del mandatario. Estas son las solemnidades que establece la ley para que el mandato produzca sus efectos y así el matrimonio sea válidamente contraído. Entre otras cláusulas especiales.
      En el caso de que requiera de un abogado experto en esta materia, nuestro servicio incluye la redacción del mandato especial y la directa comunicación con el consulado chileno, con el cual deberá tomar contacto el/la novio/a que se encuentra en el extranjero.
      Tome contacto por interno a través del siguiente formulario de contacto.

      Cordiales saludos

  13. M.E. F. dice:

    sr :Pablo Palmas :el motivo de esta notificación es darle saber que el día de hoy 19 de Abril estuve en contacto con el consul el señor escobar. todo esta marchando bien por los momentos, pero también quiero darle mi agradecimiento por su gran labor tanto mi novio y y o estamos con su trabajo lo felicitamos. atte: M.E. F.

  14. M.O dice:

    Estimado Pablo Palma Calderón,
    Junto con un caluroso saludo, quiero decir un millón de gracias por todas sus obras y el apoyo en el proceso de mi matrimonio con mi esposa, ella es una mujer que cuida maravillosa y la amo tanto y seguir amando a ella en buen estado de salud, por bien o para mal en la enfermedad y en la salud pobres y ricos en la amaré
    Sé que hemos formalmente no cumplen o han introducido para el uno al otro, así que por favor señor me dejó tomar este medio y la oportunidad de hacerlo y gracias por sus todos sus esfuerzos y trabajo duro para ver todo acerca de nuestra boda se lleva a cabo en el menor posible tiempo, porque yo soy anhelo de estar con mi bella esposa. Por eso digo que soy M.O y muchas gracias y que Dios siga bendiciendo su trabajo.
    Por favor, señor yo también le gustaría estar informado de todos los documentos necesarios que tengo que tomar a lo largo conmigo a Ghana como voy a firmar los documentos de la embajada en Ghana
    Otra vez digo muchas gracias mucho que aprecio todo lo que he hecho
    Gracias Gracias
    Atentamente
    M.O

    • Meibys silega camero dice:

      Hola quisiera saber si puedo casarme en chile estando yo en Cuba y mi novio ser ciudadano chileno . Y si este matrimonio por poder me es valido para solicitar visa

  15. MONICA dice:

    hola don Pablo estoy aqui pegada al pc y al telefono siguiendo mi ceremonia y acontecimientos, durante las proximas horas me comunicare o manana, espero entienda mi nerviosismo, saludos
    MONICA

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