Matrimonio celebrado en el extranjero.

Por Abogado Palma | 10.08.2012
Derecho Familia| 4 minutos
Argollas de matrimonio sobre un diccionario que dice marriage
Foto de: Sandy Millar. Fuente: Unsplash.

Matrimonio celebrado en el extranjero.

De acuerdo al Art. 15 de la Ley de Matrimonio Civil debemos hacer una subdistinción:

1.- Matrimonio celebrado entre extranjeros:

Se aplica el inciso 1º del Art. 80 de la nueva Ley de Matrimonio Civil, en consecuencia el matrimonio se regirá íntegramente, tanto en cuanto a su forma como a los requisitos de fondo, por la ley del lugar donde se celebra y será válido en Chile en la medida que cumpla con lo señalado en el Art. 102 CC.

2.- Matrimonio celebrado entre chilenos o entre un chileno con un extranjero:

Este matrimonio en cuanto a su forma se rige íntegramente por la ley del lugar donde se celebra (LEX LOCUS REGIT ACTUM) Art. 80 LMC; Art. 17 CC. La particularidad se ve en cuanto al fondo porque en este caso el chileno que contrae matrimonio en el extranjero debe respetar los impedimentos dirimentes a los que se refiere la ley chilena, por ejemplo, el chileno casado en Chile no puede contraer matrimonio en el extranjero, y si se casa, el matrimonio no será reconocido.

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¿Cómo se inscribe un matrimonio practicado en el extranjero, para que éste tenga validez legal en Chile?

Para registrar el matrimonio en Chile existen dos posibilidades:

  • Debe presentarse en el Consulado chileno del país en donde se celebró el matrimonio, cumplir con los siguientes requisitos y presentar los siguientes documentos:

• Por lo menos uno de los cónyuges debe ser chileno.
• Pasaporte o cédula de identidad vigente.
• Presentar certificado original e internacional de matrimonio otorgado por las autoridades locales competentes, debidamente certificado y legalizado.
• Al momento de la inscripción ambos cónyuges deben optar por el régimen patrimonial: sociedad conyugal, participación de los gananciales o separación total de bienes.
En el caso de optar por el régimen de participación de gananciales, los cónyuges deben efectuar un inventario simple de los bienes que componen sus patrimonios originarios.
Pero si a la inscripción de matrimonio asiste sólo un cónyuge, el régimen patrimonial quedará automáticamente establecido como separación total de bienes.

  • Directamente en Chile:

• En este último caso, necesita el certificado de matrimonio extranjero legalizado por el consulado de Chile del país donde se contrajo matrimonio, el cual se debe legalizar en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

¿Afecta la validez de dicho matrimonio en Chile, en caso de que no se inscriba el matrimonio celebrado en el extranjero?

Dicha inscripción no afecta la validez del matrimonio celebrado en el extranjero. Sin embargo, si dicho matrimonio no se inscribe en Chile no podrá ser válido en juicio, según el artículo 8° de la Ley N° 4808, sobre registro civil.

En resumen, en Chile sí es válido un matrimonio que haya sido celebrado en el extranjero, siempre y cuando se cumplan tanto los requisitos de forma y fondo que las leyes de ese país fijen para la validez de éste.

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Autor: Abogado Palma

Abogado Pablo Palma, LL.M. (Berlin). Doctor en Derecho (Ph.D.), fundador de Derecho-Chile, especialista en Derecho Societario y Nuevas Tecnologías, con vocación emprendedora.

El contenido de este artículo, sus comentarios y las respuestas ofrecidas no constituyen ni asesoramiento legal, ni son sustitutivas del correspondiente asesoramiento jurídico personalizado de un abogado. Ante cualquier consulta profesional contáctenos, sin compromiso, a través del formulario de contacto.
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305 Comentarios

  1. ECA dice:

    Hola,
    Quisiera consultarles, hay posibilidad de que si estoy casada en Venezuela con una persona, me pueda volver a casar en Chile con la misma persona a fin de legalizar el matrimonio acá, sé que hay mecanismos para inscribir el matrimonio celebrado en el extranjero, pero Sacar y legalizar documentos venezolanos es un tanto complejo, y quizá esta sea un alternativa mas fácil.

    • Catalina dice:

      Hola estimada.

      Gracias por participar en nuestro sitio Derecho-Chile.

      Para responder a tu consulta, primero hay que considerar tu nacionalidad, ya que tal como se observa en el presente artículo, necesariamente uno de los cónyuges cónyuges debe ser de nacionalidad chilena. Solo si ese es tu caso, podrás solicitar la inscripción para otorgar validez a tu matrimonio celebrado en Venezuela acá en Chile. Para ello, deberás seguir los pasos que hemos expuesto brevemente, utilizando cualquiera de las dos opciones, dependiendo dónde te encuentras.

      Si la nacionalidad de ambos cónyuges es distinta a la chilena, no es posible acceder a la legalización o validez de ese matrimonio celebrado en Venezuela. Deberás revisar la normativa pertinente a su respectivo país, para considerar cuáles son las reglas que se aplican en este caso.

      Espero haber resuelto un poco tu duda.

      Que tengas un excelente día.

  2. Mariela dice:

    Hola mis padres estan casados en argentina del año 75 mi padre es chileno mi madre argentina el hace 20 años se fue a trabajar a chile iba y venia de vez en cuando a todo esto el comocio una señora y se caso en chile hace unos 5 años aproximadamente quiero saver si es valido ese matrimonio o el de argentina con mi madre y que devemos hacer

    • Catalina dice:

      Hola Mariela,

      Muchas gracias por participar en nuestra comunidad Derecho-Chile.

      En cuanto al caso que nos planteas, de conformidad con la legislación chilena, la única forma de validar el matrimonio celebrado en el extranjero es mediante la subinscripción del certificado de matrimonio en la «1era Circunscripción del Registro Civil de la Región Metropolitana de Santiago» o en su defecto, a través de alguna oficina del Consulado chileno, en este caso en Argentina.

      Si tus padres, o específicamente tu padre, no realizó alguno de estos trámites cuando ingresó nuevamente a Chile, entonces el matrimonio celebrado en Argentina no tiene reconocimiento formal en nuestro país. A consecuencia de ello, bajo nuestra legislación se entiende que tu padre nunca celebró un matrimonio en Argentina, razón por la cual, ha podido contraer segundas nupcias con la persona que conoció en territorio chileno. No obstante lo anterior, basta con demostrar la existencia de un matrimonio no disuelto para solicitar la nulidad del segundo matrimonio realizado en Chile y además se le puede demandar por el delito de bigamia. Delito que puede ser castigado incluso con cárcel.

      Espero haber aclarado tu duda y si requieres de mejor asesoría o iniciar cualquier tipo de trámite legal en nuestro país, no dudes en tomar contacto con nosotros a través del formulario que hemos dispuesto para ello.

      Saludos cordiales.

  3. Maria Cristina Jopia dice:

    Hola, estoy casada hace 2 años, ambos chilenos, pero me entere hace poco que mi marido ya estaba casado en peru hace 17 años.
    No tenia validado su matrimonio peruano en chile, por lo que aca no hay ningun documento que lo acredite, Es valido mi matrimonio en chile ? Mis hijos inscritos, no son hijos legítimos ?
    Espero me puedas ayudar
    Gracias

    • Abogada Isidora dice:

      Estimada María Cristina,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le respondo:
      Al existir un vínculo matrimonial en el extranjero, el matrimonio de ustedes podrá ser declarado nulo en conformidad a lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley de Matrimonio Civil. Su matrimonio no es válido y se estaría cometiendo el delito de bigamia.
      En cuanto a los hijos, en Chile ya no existe la distinción entre hijos legítimos e ilegítimos. Solo se distingue entre hijos matrimoniales y no matrimoniales, y los suyos serían no matrimoniales por lo que señalé anteriormente. Lo anterior, sin perjuicio de que la filiación se encuentre determinada respecto de ellos.

      Para que la contacte directamente uno de nuestros abogados, a través del siguiente formulario de contacto.

      Saludos

  4. will dice:

    hola , me surge una duda respecto a lo leído, si me caso por diferentes países al rededor del mundo ( con diversas mujeres) y no inscribo ninguno de esos matrimonio en Chile ( soy chileno) ¿no cometo el delito de bigamia ? , y para poder inscribir uno en Chile debo divorciarme de todos o declararlos nulos,

    quedo atento a tu respuesta , y de antemano muchas gracias.

    • Abogada Isidora dice:

      Estimado William,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le respondo:

      Si se casa con diversas mujeres, en Chile será considerado como casado de todas formas y además estaría cometiendo el delito de bigamia, ya que existe un vínculo matrimonial no disuelto, o varios en este caso, siempre que el matrimonio en país extranjero se haya hecho bajo el cumplimiento de la legislación de dicho país.
      Si desea inscribir uno en Chile, debe divorciarse de todos, o anularlos dependiendo del caso, dejando válido solo el que quiere inscribir.

      Para que le contacte directamente uno de nuestros abogados, escríbanos en el siguiente formulario de contacto.

      Saludos

      • Gonzalo dice:

        Hola, tengo una duda, el caso es que mi abuelo contrajo matrimonio con una señora en chile y luego está se fue del país y se casó en Argentina, mi duda es si esta señora ante los ojos de la ley en chile, cometió bigamia? Y si el matrimonio con mi abuelo sigue siendo válido?

        • Abogada Isidora dice:

          Estimado Gonzalo,

          Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
          Le respondo brevemente:
          El matrimonio válido es el primero, y no el contraído en Argentina.
          Sí, cometió el delito de bigamia, aún así el matrimonio celebrado en Chile sigue siendo válido.

          Para que uno de nuestros abogados lo contacte, escríbanos a través del siguiente formulario de contacto.
          Saludos

          • Berenice Martínez dice:

            Hola…!!
            Mi nombre es Berenice Martínez y yo solicité mi divorcio en Venezuela él cuál mi ex y yo firmamos dicho divorcio, pero los tribunales no me ha dado una sentencia de dicho divorcio, ahora yo me encuentro en Chile y mí pareja es Chilena y la pregunta que hago es que si yo me puedo casar con mi pareja aquí en Chile ?
            Gracias de antemano por su atención y en espera de su respuesta.
            Correo: beremf2021@gmail.com

          • Sebastián dice:

            Buenas tardes, Berenice:

            Muchas gracias por confiar en Derecho-Chile para resolver su consulta.

            Respecto a su duda, estrictamente hablando, si dicho matrimonio celebrado en Venezuela no ha sido inscrito en Chile, entonces usted puede casarse acá sin problemas; con todo, no es algo que recomiende sino hasta que tenga una resolución de un tribunal venezolano que se pronuncie respecto al divorcio, ya que, en primer lugar, si ese matrimonio llega a inscribirse en Chile y usted ya figura casada con su pareja chilena, entonces usted cometerá el delito de bigamia, además de afectar todos sus eventuales derechos sucesorios; ahora bien, probablemente en el Registro Civil le exijan acompañar su pasaporte u otro documento, y si en estos figura su estado civil de casada, entonces no le dejarán celebrar el vínculo aquí.
            Esperando haber resuelto su duda, si necesita una orientación más especializada y obtener un presupuesto al respecto, puede escribirnos a través del siguiente formulario de contacto, especialmente creado para ello.

            Qué tenga un buen día.

  5. Francisco S Hevia dice:

    Hola. Soy chileno casado en argentina con mi cónyuge del mismo sexo. Es posible inscribir nuestro matrimonio en el consulado de Chile en argentina. Queremos vivir en Chile y no sabemos cual es la normativa en este caso. Quedo atento a sus comentarios, muchas gracias.

    • Isidora Zuloaga dice:

      Estimado Francisco,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le respondo:

      Entiendo que quiere inscribir en el Consulado de Chile en Argentina su matrimonio, para que quede registrado en el Servicio de Registro Civil de Chile. Sin embargo, en Chile aún no existe legalmente el matrimonio entre dos personas del mismo sexo, por lo tanto el matrimonio de ustedes, no obstante estar celebrado válidamente en el extranjero, no podrá ser inscrito como tal en Chile.
      Sin embargo, la Ley N° 20.830 sobre el el Acuerdo de Unión Civil en su artículo 12, establece que «Los matrimonios celebrados en el extranjero por personas del mismo sexo serán reconocidos en Chile como acuerdos de unión civil si cumplen con las reglas establecidas en esta ley, y sus efectos serán los mismos del referido acuerdo.» Además, debe tener presente que serán considerados como separados de bienes, a menos que al momento de inscribirse en Chile pacten un régimen de comunidad.
      Espero haber aclarado su duda.

      Saludos

  6. Ana María dice:

    Mi pareja vive hace 22 años en Chile, sin embargo antes estaba casado en Austria (aproximadamente hace 40 años).
    Nosotros nunca nos casamos y es ciudadano chileno. La pregunta es, este matrimonio anteriormente celebrado en el extranjero tendría alguna validez en caso de muerte y temas de herencia? Él nunca aprendió español y este tema lo incomoda mucho dado que tenemos una hija y no le gustaría que venga su familia austriaca a hacerse de sus bienes

    • Estimada Ana María,

      muchas gracias por su consulta.
      Independiente de que no se haya inscrito el matrimonio realizado en el extranjero en Chile, el matrimonio es perfectamente válido en Chile.
      Por lo que eventualmente la cónyuge de su pareja podría reclamar sus derechos hereditarios respecto de los bienes dejados por su pareja en Chile.
      Siempre recomiendo que se debe realizar todo ajustado a derecho, a saber, 1ro realizar el divorcio en el extranjero y luego a través de un exequátur hacer valer la sentencia de divorcio en Chile (luego de inscribir en Chile el matrimonio realizado en el extranjero).

      Cordiales saludos

  7. juan dice:

    hola buenas noches consulta un matrimonio casado por civil en Chile tiene validez en argentina,mi caso es que llevo 15 años de separado…gracias.

    • Isidora Zuloaga dice:

      Estimado Juan,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le respondo:
      Si es que se encuentra separado de hecho, debe solicitar la separación judicial o el divorcio, ya que mientras esto no ocurra, el vínculo matrimonial no se encuentra disuelto. Su matrimonio tendría validez en Argentina.
      Si es que ya se encuentra separado judicialmente o divorciado, su matrimonio ya no tiene validez en Argentina.
      Lo anterior se encuentra regulado en el artículo 80 de la Ley de Matrimonio Civil.

      Espero haber aclarado su duda.
      Saludos

  8. Mari dice:

    Buenas tardes me llamo Mari y necesito informacion.
    Soy venezolana casada con un venezolano nuestra acta de matrimonio no está ni legalizada ni apostillada tendrá algún tipo de validez acá en Chile? Ya que estamos separados en la actualidad y yo tengo una nueva pareja

    • Isidora Zuloaga dice:

      Estimada Mari,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le respondo:
      El artículo 80 de la Ley de Matrimonio Civil establece que el matrimonio celebrado en el extranjero podrá ser declarado nulo de conformidad a la ley chilena, cuando se haya contraído en contravención a los dispuesto a los artículos 5°, 6°, y 7° de esta ley.
      A su vez, el artículo 5° de esta ley señala que no podrán contraer matrimonio los que se hallaren ligados por vínculo matrimonial no disuelto. Este es su caso, por lo tanto, deberá divorciarse primero en Venezuela para poder casarse en Chile.

      Espero haber aclarado su duda.

      Saludos

  9. Lilian Castro dice:

    Buenas tardes me llamo Lillian y necesito informacion.
    Soy chilena casada con Mexicano y queremos ir a vivir a Chile. Nos casamos en USA. Mi pregunta es, nos tenemos casar otra ves en Chile para quedarme a vivir alla?

    Muchas gracias

    • Abogado D-CL dice:

      Hola Lilian,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.
      Cuando lleguen a Chile, podrán inscribir el matrimonio celebrado en USA acá en Chile y quedarán válidamente casados sin necesidad de celebrar el matrimonio nuevamente.

      Saludos.

    • Abogado D-CL dice:

      Hola Danahe,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.
      En el caso que planteas no podrás inscribir el matrimonio pero si podrías inscribir un Acuerdo de Unión Civil.
      Respecto del hijo, la normativa obliga que el segundo apellido del menor sea el primer apellido de la madre. Ustedes pueden libremente elegir el primer apellido del menor, por lo tanto podría ese menor tener un apellido de cada una de ustedes.
      Para que te contacte uno de nuestros abogados, escríbenos a través del siguiente formulario de contacto.

      Saludos

  10. Danahe dice:

    Estimado de antemano gracias por su ayuda, he leído varios artículos pero aún no me queda clara la situación: si contraigo matrimonio con una pareja del mismo sexo (ambas chilenas) en Argentina por ejemplo donde está legalizado puedo inscribir el matrimonio en Chile aún cuando acá la ley dice que el matrimonio es un contrato entre un hombre y una mujer? Y en caso de que se pueda inscribir podría luego inscribir a un niño concebido por fertilización asistida como hijo de ambas? Espero su orientación, muchas gracias.

  11. DANIELA dice:

    Hola, gracias por responder todas nuestras dudas, soy Boliviana divorciada y ahora me casare en Junio con un chileno en Santiago, al momento de pedir fecha en el registro civil no me pidieron los papeles de divorcio solo mi Cédula de identidad.
    En algún momento me pedirán los papeles? Para tenerlos legalizados o el único requisito es la cédula con la residencia?
    Gracias

    • Abogado D-CL dice:

      Hola Daniela,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.
      Es recomendable que tengas los documentos legalizados para el día del matrimonio, pues ese día el oficial del Registro Civil podría preguntar y solicitar los documentos.
      Para que te contacte uno de nuestros abogados, escríbenos a través del siguiente formulario de contacto.

      Saludos

  12. Carol Jara dice:

    Mi pareja y yo queremos contraer matrimonio civil en buzios. Queremos saber como se puede hacer, cuales son los requisitos y qué hacer posteriormente para que sea valido en chile (regimen conyugal)

  13. Lucho dice:

    Buenas noches. Yo estoy casado en venezuela pero tengo 3 años separado pero actualmente me encuentro en Chile y mi esposa también pero queremos formalizar el divorcio. Que pasos debo seguir para divorciarse? Tenemos 2 hijos como haríamos con el regimen de pensión alimenticia?. A la espera de su comentario.

  14. carolina dice:

    hola quisiera saber si me puedo casar en una iglesia en otro pais, ya que en chile estamos casados por el registro civil, aunque mi marido ya se caso en su primer matrimonio por la iglesia

    • Abogado D-CL dice:

      Hola Carolina,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.
      Para que tu marido pueda volver a casarse por la iglesia es necesario que su primer matrimonio por la iglesia haya terminado, o bien por muerte de su primera cónyuge o bien por divorcio canónico.

      Saludos.

  15. Eduardo dice:

    Estimado agradeciendo desde ya su ayuda, con mi novia tenemos planes de casarnos en EEUU ella es Americana y yo chileno, luego de casarnos allá nos gustaría casarnos acá también, podemos casarnos por el Civil de acá si estamos casados allá ?

    • Isidora Zuloaga dice:

      Estimado Eduardo,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le respondo:

      De acuerdo al artículo 80 de la Ley de Matrimonio Civil, el matrimonio contraído en el extranjero será válido en Chile y producirá sus efectos aquí.
      No será necesario casarse ante un oficial del Registro Civil en Chile, ya que no sería un matrimonio propiamente tal, pero si pueden hacer una ceremonia simbólica.

      Espero haber aclarado su duda.
      Saludos

  16. Camila dice:

    Estimado Abogado,
    Mi pareja está en proceso de divorcio en chile (y ya se divorció en USA hace mas de un año). Queremos viajar a Las Vegas y casarnos, si está presentada la demanda de divoricio en los tribunales de familia en Chile, y pensando optimista creemos que podria estar todo resuelto aprox febrero. Si nos casamos en Las Vegas antes que se salga la sentencia de divorcio, podriamos inscribir el matrimonio en USA posterior a la fecha del divorcio?
    Adicionalmente, si está en proceso de divorcio aqui en Chile, en USA podriamos tener problemas si nos casamos alla? Mi pareja tiene green card.
    Muchas gracias

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Camila,

      muchas gracias por su consulta y felicitaciones por sus planes de matrimonio.
      A propósito de casarse en las Vegas, le cuento que yo también celebré mi 2do matrimonio (con la misma cónyuge) en Las Vegas teniendo al rey como testigo.
      En fin, pasemos a responder sus consultas:
      Si ustedes se casan antes de que la sentencia de divorcio en Chile se encuentre ejecutoriada, ustedes estarían cometiendo el delito de bigamia. Lo importante es la fecha del matrimonio y no la fecha de inscripción de éste.
      Además de acuerdo al artículo 128 de nuestro arcaico código civil se estipula que la mujer que se divorcia debe esperar 270 días (9 meses) para volver a casarse. Ahora bien, el mismo artículo en su inciso 2do permite rebajar el plazo si se probaré que no está embarazada. Lo cual se prueba mediante un certificado médico que acredita que no se encuentra embarazada. Dicho certificado médico se debe presentar ante un tribunal de familia, quien autoriza contraer el matrimonio antes de aquel plazo, todo claro está mediante una sentencia judicial.
      En otras palabras, cuando una mujer desea contraer un nuevo matrimonio después de haberse divorciado, debe esperar nueve meses, o en el caso de que quiera contraer matrimonio antes, deberán solicitar autorización judicial, a través de la respectiva gestión patrocinada por abogado.
      Lo que dice relación con tener problemas en USA por la realización de un matrimonio a realizar en Las Vegas, lo veo improbable.

      Cordiales saludos

  17. Enoc escobar dice:

    Hola si estoy casado en chile pero no me quieren dar la,separación yo me puedo casar en canada con otra mujer

    • Abogada Isidora dice:

      Estimado Enoc,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le respondo:

      Mientras no obtenga el divorcio o separación e Chile, sigue casado aquí. Podría contraer matrimonio en Canadá, si es que esto no infringe las leyes canadienses, a pesar de que exista un vínculo matrimonial no disuelto en país extranjero.
      Para todos los efectos legales usted sigue casado en Chile. Su matrimonio en Canadá, al menos desde la perspectiva de la ley chilena, no tendrá valor alguno (artículo 80 de La Ley N° 19.947 sobre Matrimonio Civil) y además estaría cometiendo bigamia.

      Espero haber aclarado su duda.

      Saludos

  18. Melchor a Abanto dice:

    Buenas tardes, por favor necesito asesoramiento legal me podría proporcionar datos de contacto.

    Gracias

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Melchor,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.
      Con mucho gusto te podemos ayudar, nos puedes contactar a través del siguiente link: Formulario de contacto para que uno de nuestros abogados te contacte.

      Cordiales saludos

  19. Wanda dice:

    Hola buenas tardes quiero saber si me puedo casar en ecuador yo siendo dominicana y mi pareja es chileno pero vivimos en chile que tendria que hacer para inscribir el matrimonio en chile o lo tendria que inscribir tambien en mi pais de origen gracias de antemano

    • Camila Rizik dice:

      Estimada Wanda,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su pregunta, pueden casarse en cualquier país del mundo y luego cumpliendo las formalidades exigidas por la ley chilena, pueden hacer validar dicho matrimonio en Chile.
      Para que dicho matrimonio tenga validez en Chile, debe inscribir el matrimonio celebrado en Ecuador, ya sea en el consulado chileno del país en que se celebró el matrimonio o directamente en Chile.
      Entonces tienen 2 dos posibilidades:
      1.- En el Consulado chileno de Ecuador:
      Deben presentarse en el Consulado chileno y cumplir con los siguientes requisitos y presentar los siguientes documentos:
      • Por lo menos uno de los cónyuges debe ser chileno.
      • Pasaporte o cédula de identidad vigente.
      • Presentar certificado original e internacional de matrimonio otorgado por las autoridades locales competentes, debidamente certificado y legalizado.
      • Al momento de la inscripción ambos cónyuges deben optar por el régimen patrimonial: sociedad conyugal, participación de los gananciales o separación total de bienes.
      En el caso de optar por el régimen de participación de gananciales, los cónyuges deben efectuar un inventario simple de los bienes que componen sus patrimonios originarios.
      Pero si a la inscripción de matrimonio asiste sólo un cónyuge, el régimen patrimonial quedará automáticamente establecido como separación total de bienes.

      2.- Directamente en Chile:
      • En este caso, necesita el certificado de matrimonio extranjero apostillado.

      Saludos cordiales

  20. Marcela dice:

    Estimados, buenas tardes.
    Necesito saber lo siguiente: Me casé el 13 de Agosto en el Extranjero y estoy validando el matrimonio en Chile.
    Ya tengo el Certificado apostillado y ahora debo ir al Departamento de relaciones exteriores para que lo validen (luego el registro civil valida el matrimonio)
    La consulta es: cuál es la fecha de matrimonio que quedará reflejada en el certificado chileno de matrimonio? la fecha en que me casé en el extranjero o la fecha en que se validó en Chile?
    Compré propiedades en el intertanto..e indiqué que mi estado civil era soltera.

    Gracias,
    Saludos,

    • Abogada Isidora dice:

      Estimada Marcela,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le respondo:

      La Apostilla es un trámite que permite legalizar un documento público otorgado en el extranjero. Sin embargo, la fecha del matrimonio con la que se va a registrar su matrimonio realizado en el extranjero continúa siendo la fecha en la que se contrajo matrimonio en el extranjero, es decir en su caso, el 13 de agosto.
      Respecto a las propiedades compradas bajo un estado civil falso, se tendrá que realizar una escritura pública de rectificación para evitar problemas en el futuro.
      Para que le contacte directamente uno de nuestros abogados y le pueda ayudar, escríbanos en el siguiente link.

      Saludos

  21. Victor Olivares dice:

    Muy buenos dias, estoy casado hace 2 años en Francia (matrimonio no validado en el consulado), ella Francesa y yo Chileno, pretendemos irnos a vivir a Chile por un periodo aun indeterminado, por lo cual me gustaria ver la posibilidad de que ella llegue con una visa mas larga que 3 meses y la posibilidad de trabajar también.

    – Es posible validar el matrimonio, y que quede validado desde la fecha en que nos casamos?

    – Es posible tener algun tipo de visa de trabajo o la nacionalidad Chilena? y que podemos hacer desde aqui?

    Muchas gracias de antemano.

    Victor y Lola

    • Abogado D-CL dice:

      Hola Victor,

      Gracias por participar en el portal jurídico Derecho-Chile.
      Existe la posibilidad de efectuar esos trámites antes de que ustedes lleguen a Chile, para que un abogado de nuestro equipo te pueda ayudar de forma directa, escríbenos a este link.

      Saludos

  22. Carolina dice:

    Estimados, buenas tardes. Mi duda es la siguiente, somos chilenos y queremos contraer matrimonio en Argentina durante nuestras vacaciones solos, para luego dentro del proximo año celebrar nuestro matrimonio en Chile con nuestras familias. Es posible?? Me refiero a no inscribir aquí en Chile el matrimonio celebrado en Argentina para poder casarnos «nuevamente» acá??? Cabe destacar que tenemos un hijo en común. Gracias

  23. ana maria nuñez dice:

    Buenas tardes, quisiera que me orientara un poco, resulta que mi novio es chileno al igual que yo, pero se caso en uruguay y tambien inscribio el matrimonio en chile, el tema es que hace 2 años se divorcio en uruguay y nos gustaria saber como se puede inscibir ese divorcio en chile?, el aun vive en uruguay, como debe hacerlo?, aca en Chile o puede en el consulado de Chile en uruguay? y eso tiene costo o es solo un tramite

    muchas gracias

    ana maria nuñez

  24. camila dice:

    Buenos días,

    Soy Camila Alvear, les escribo pues necesito más información sobre mi caso, les comento. Me casé en Francia el año 2013 y ya llevamos más de tres años separados, él en Francia y yo en Chile.
    Me gustaría saber si los trámites del divorcio se pueden hacer desde aquí?

    Quedo atenta
    Sldos
    Camila

    • Abogada Isidora dice:

      Estimada Camila,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le respondo brevemente:
      Si puede hacerlo desde Chile y el sería notificado en Francia. Debe solicitarla en los tribunales de familia. La Corte Suprema ha determinado que al tratarse de demandas que deban ser notificadas en el extranjero a través de exhortos, la audiencia preparatoria deberá realizarse en un plazo de 90 días hábiles, según calendario chileno.
      Este período se contará desde la notificación de la copia del requerimiento y su proveído al demandado.

      Para que uno de nuestros abogados la contacte, escríbanos a través del siguiente formulario de contacto.
      Saludos

  25. Will dice:

    Buenas tardes estimados, junto con saludar.

    Una consulta, mi esposa y yo somos venezolanos, nos casamos en Venezuela pero no pudimos apostillar nuestro matrimonio. Y queremos casarnos en Chile, podemos hacerlo nuevamente? Estamos con visa temporal vigente.

    • Abogada Isidora dice:

      Estimado Will,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le respondo:

      En Chile sí es válido un matrimonio que haya sido celebrado en el extranjero, siempre y cuando se cumplan tanto los requisitos de forma y fondo que las leyes de ese país fijen para la validez de éste, en este caso, las leyes de Venezuela.

      Para mayor información le recomiendo revisar el siguiente artículo.
      Para que le contacte directamente uno de nuestros abogados,escríbanos a través del siguiente formulario de contacto.
      Saludos

  26. francisca dice:

    Estimado Abogado
    Planeo casarme en Las Vegas el próximo mes, y luego legalizarlo en Chile (no a través del Consulado en EEUU). Sin embargo, un cercano me dijo que como en Estados Unidos no existe la «separacion de bienes», el matrimonio al ser validado en Chile, no podría ser inscrito bajo esa forma (separacion de bienes). Será así?? Muchisimas gracias.

  27. Rafael Monsalves dice:

    Estimado muchas gracias por la información, tengo la siguiente duda yo soy chileno y contraere matrimonio con una mujer de Belarus , en dicho país pero haremos los trámites legales en la embajada de Moscú , mi duda es la siguiente ella adquiere nacionalidad chilena o necesita vivir los 5 años en Chile de antemano gracias

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Rafael,

      felicitaciones por sus planes de matrimonio y muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      No se adquiere la nacionalidad chilena por el hecho de estar casado con un ciudadano que tenga la nacionalidad chilena.

      Los requisitos para optar u obtener la nacionalidad chilena son los siguientes:

      Ser mayor de 21 años, o de 18 años para hijos de padre o madre chileno por nacionalización.
      Tener más de 5 años de residencia continua en el país.
      Ser titular de un permiso de Permanencia Definitiva vigente.
      No haber sido condenado, ni estar actualmente procesado por crimen o simple delito.
      Demostrar medios de subsistencia.
      Deben pagarse derechos para optar a la nacionalidad chilena.

      Cordiales saludos

  28. Andrea quezada dice:

    Hola quisiera hacerles una consulta!!
    Resulta que soy chilena y me case con un Argentino en ArgentinA estoy separada de el hace 11 años el tiene nueva familia con hijos al igual que yo. Me he venido a vivir a CHile nuevamente con mi pareja y mi hijo acá existe la Unión civil puedo realizarla sin problemas? O no? Sé que casarme no puedo porque seria bigamia pero esta unión la podré realizar? Espero sus respuesta. De antemano muchísimas gracias!!!!

  29. Fátima dice:

    Buenas noches, soy hondureña, me casé con un chileno en Chile, y ahora queremos irnos a vivir a Honduras, Cómo inscribir nuestro matrimonio practicado en Chile para que éste tenga validez legal en honduras… Ahora, yo tengo mi residencia definitiva en Chile por haber contraído matrimonio con chileno… Ahora… Si inscribimos en Honduras nuestro matrimonio, mi esposo puede optar a la visa temporaria en mi país…. También tenemos un hijo de 10 meses de edad, para salir del país requiere un permiso, si mi esposo no pudiera viajar con nosotros altiro…. Y esto necesito me aclare por favor antes de sacar el.vuelo… Si yo soy hondureña y viajo a mi país natal, debo viajar como turista, respetando los noventa días? Y si viajo con mi hijo y lo inscribo en Honduras (porque esa es nuestra intención) debo sacar vuelo de 90 días también, o por ser hijo mío, de mamá hondureña, y natal puedo sacar un vuelo más extenso? (espero haberme expresado bien, para tener respuesta a todas mis inquietudes por favor)… Muchas gracias

    • Abogada Isidora dice:

      Estimada Fátima,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le respondo:

      Para poder inscribir en Honduras un matrimonio celebrado en el extranjero, los pasos previos que deben realizar antes de la Inscripción son:
      1. Obtener una Certificación de Matrimonio extendida por el Registro Civil del país donde celebró el Matrimonio.
      2. Someter la Certificación de Matrimonio al proceso de autenticación (apostillado) oficial del Gobierno del país donde ocurrió el Nacimiento.
      3. Autenticar y Traducir la Certificación ante la autoridad consular Hondureña acreditada en dicho país.
      4. Autenticar en la Secretaria de Relaciones Exteriores (RR.EE) la firma del Cónsul hondureño en el exterior que autentica las firmas que legalizan la Certificación de nacimiento.
      5. Autenticar la firma del Secretario de RR. EE. ante la Secretaría del Interior y de Población.
      6. Certificar ante la Secretaria General del RNP la Autenticidad de la firma del Secretario del Interior y de Población en dicho Documento.
      7. Con la certificación de Matrimonio debidamente autenticada, el interesado en realizar la inscripción presenta ante la Dirección General del RNP una Solicitud de Inscripción de Matrimonio ocurrida en el Extranjero.
      8. La Dirección del RNP emite previo dictamen de la Asesoría Legal una Resolución ordenando la inscripción.
      Certificación de Matrimonio extendida por el Registro Civil del país donde ocurrió la defunción debidamente autenticada, dentro y fuera del país.
      Oficio de la Dirección General del RNP ordenando la Inscripción del Matrimonio Celebrado en el exterior.
      Documento de Identidad, Carne de Menores, Partida de Nacimiento.

      Posteriormente:

      1 El interesado se presenta en el Registro Civil Municipal donde se desea realizar la inscripción, con los requisitos exigidos para realizar la inscripción.
      2 La persona interesada solicita la inscripción del Matrimonio celebrado en el exterior, los entrega al operador de la ventanilla, para que este registre los datos obteniéndolos desde los
      documentos y de la manifestación del interesado.
      3 Verificados los documentos y el cumplimiento de los requisitos, el operador realiza la inscripción en el libro de inscripción de Matrimonios en el Sistema de Registro Civil, Inscripción de Matrimonio de hondureños en el exterior, en caso de que la inscripción se realice en un Registro Civil Mecanizado, en línea o no en línea, o en el Libro de Inscripciones de Matrimonios, si se trata de un Archivo Municipal no Mecanizado, o Manual.
      4 El operador de la ventanilla imprime la constancia de inscripción de Matrimonio, para que el compareciente verifique los datos contenidos en la misma.
      5 El Compareciente revisa los datos, si esta conforme con ellos, firma la constancia de Matrimonios para oficializar el trámite.
      Tramite de Solicitud de Inscripción de un Matrimonio en el Extranjero Sistema de Registro Civil Registro Nacional de las Personas
      6 El operador de la ventanilla imprime el acta y la primera copia de la constancia de inscripción de Matrimonio y la entrega al compareciente, como comprobante de que se ha realizado exitosamente el proceso.

      Sobre su otra consulta, su marido si podría optar en principio a la visa temporaria.
      Para que su hijo salga del país, necesitará la autorización del padre.

      Espero haber aclarado su duda.
      Para que le contacte directamente uno de nuestros abogados, escríbanos a través del siguiente formulario de contacto.

      Saludos

  30. ann dice:

    HOla buenos dias, gracias de antemano por su ayuda; quisiera saber cuantos años debo estar casada con un ciudadano chileno para optar a la ciudadania chilena y en segundo lugar si algun dia llegara a divorciarme perderia la nacionalidad, gracias

    • Abogada Isidora dice:

      Estimada Ann,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le puedo decir que Nacionalidad y Ciudadanía son cosas distintas:

      La nacionalidad es la condición de una persona de pertenecer a una estado o nación.
      En Chile, a contar del 08.01.2016 se puede otorgar nacionalización a quienes hayan cumplidos 18 años de edad; que tenga 5 o más años de residencia en Chile (a contar de la primera visa estampada), y que sean titulares de Permanencia Definitiva.

      La ciudadanía otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran. Los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva, podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley.

      Para que le contacte directamente uno de nuestros abogados, escríbanos a través del siguiente formulario de contacto.

      Saludos

  31. Julie dice:

    Buenas tardes mi consulta es la siguiente soy chilena y me casé con un francés allá en Francia cuando regresé a Chile mi ex esposo quedó en Francia y nunca inscribimos el matrimonio en chile (me casé con separación de bienes) de esa «separacion» ya se van a cumplir dos años …. Mi consulta puedo volver a casarme con un ciudadano francés aquí en chile? Que problemas puedo llegar a tener si lo hago? Que hay de cierto en que si estoy separada de mi ex cónyuge hace dos años queda automáticamente anulado ese matrimonio?

  32. sthepanie dice:

    buenas tardes, mi consulta es la siguiente…. mi pareja es venezolano, y esta casado en venezuela, separado hace ya 3 años, mi pregunta es, su matrimonio es valido en chile? el puede contraer matrimonio conmigo por todas las leyes chilenas? sin necesidad de tramitar su divorcio en venezuela?

    • Abogado D-CL dice:

      Estimada Sthepanie,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.
      Para poder contraer matrimonio en Chile es requisito no tener un vínculo matrimonial vigente.
      La separación de hecho no modifica el estado civil, por lo que comentas, tu pareja no es soltero ni divorciado, sino que casado, por lo tanto no se puede casar sin cometer bigamia.
      Para que te contacte un abogado de nuestro equipo, escríbenos a este link.

      Saludos.

  33. Katerine dice:

    Estimados
    Junto con saludarles quisiera consultar que paso debo seguir para tramitar un divorcio de un matrimonio que se celebro en Jamaica y se inscribio en Chile el 2013, mas de 12 meses de separacion y ambos estan de acuerdo en terminar el vinculo en ambos paises.
    Muchas Gracias

    • Abogado D-CL dice:

      Estimada Katerine,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.
      Para poder divorciarse en Chile, considerando que están de común acuerdo, deben realizar el trámite de cese de convivencia ante el Registro Civil y podrán solicitar el divorcio una vez que haya transcurrido al menos un año desde que se realizó al trámite del cese de convivencia.
      Para que te contacte uno de nuestros abogados, escríbenos a este link.

      Saludos.

  34. Carolina L. dice:

    Estimado Abogado,

    Soy chilena, tengo residencia temporal en Paises Bajos y me casare pronto con un ciudadano Turco aqui en Paises Bajos. Segun la ley local, nos han informado que la ley aplicable a nuestro matrimonio es la del pais de origen de los contratantes porque ninguno de los dos es ciudadano holandes. Segun esto, estariamos sujetos a la ley chilena y a la turca en cuanto al matrimonio. El problema es que, en Turquia, para que el matrimonio sea valido, yo debo tomar el apellido del marido y esto no lo quiero hacer. En Paises Bajos, la regla es la opuesta y es bastante costoso hacer el cambio. Hemos averiguado y despues del matrimonio debemos inscribir el contrato en el consulado Turco dentro de 30 dias para que sea valido en Turquia. Al hacer esto, me pediran que cambie mi nombre – es posible, que solo haga esto para efectos del registro turco? en otras palabras, puedo tener un nombre en Turquia y mantener el mio en mi pasaporte de Chilena y en el resto del mundo? Si no inscribo mi matrimonio en Turquia, puedo aplicar solamente la ley chilena y es valido mi matrimonio en Chile?

    Agradecemos cualquier informacion que pueda darnos.

    Muchas gracias de antemano.

    Atentamente,

    Carolina

  35. Lysbeth dice:

    Buenos dias bueno soy peruana y mi novio en chileno y no se queremos.casar en peru pero que pasa que el esta casado en chile pero sta separado desde el 2014 y el.cese de.convivencia lo realizo en dicirmbre del año pasado ahora mndicen que puede acelerar el tramite de divorcio con el acta de pension alimenticia para sus hijosque se realizo el 2014 con ese documento extrajudicial de mutuo acuerdo se puede acelerar el tramite y que tramites puedo realizar con el documento de cese de convivencia ??

    • Francisca Ramírez dice:

      Estimada Lysbeth,

      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, le explico que el cese de convivencia puede probarse por distintos medios, uno de ellos es el acta de cese de convivencia ya sea que se subscriba por un cónyuge y se le notifique a otro, o se subscriba por ambos y también la existencia de causas que traten de las relaciones mutuas de los cónyuges, como alimentos, relación directa y regular, por lo que puede usted probar el cese con aquel que le convenga.
      Obviamente deberá también probar que la convivencia no se ha reanudado y para eso los medios probatorios adecuados son la prueba testimonial y además documental que puedan tener las partes. Por último si se probará el cese de convivencia por otro medio que no sea el acta, esta no tiene otra utilidad.

      Si quisiera ser orientada con mayor profundidad respecto de su caso puede completar con todos los antecedentes que pueda aportar de su situación, el formulario que aparece marcando el siguiente formulario de contacto, con el fin de que uno de nuestros abogados tome contacto con usted.

      Saludos cordiales

  36. Mercedes F. dice:

    Hola y gracias de antemano por su colaboracion.
    Soy venezolana y el chileno tenemos planes de irnos a vivir a chile .. pregunto para tener yo la nacionalidad chilena en corto tiempo para trabajar alla;comprar casa ; o montar algin negocion ..nos comviene casarnos aqui o en chile??

    • Abogado D-CL dice:

      Estimada Mercedes,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.

      Una vez que estés casada con el chileno podrás tramitar la residencia definitiva en Chile, independiente de si te casas en Venezuela o en Chile.

      Para que un abogado te contacte, escríbenos a este link.

      Saludos

  37. Lourdes dice:

    Buenas noches gracias de antemano por su ayuda, una pregunta mi suegro es chileno y es casado legalmente hace muchos años en chile pero separado también muchos años pero el vive en Bolivia casado con una boliviana pero solo por la iglesia , la pregunta es si siendo casado aquí en chile si el se muere la esposa original tiene derechos de reclamar la herencia en Bolivia, y si el en este momento está en bigamia??
    Gracias

  38. Sonia dice:

    Muy buenas tardes soy boliviana y esposo también es boliviano y nos casamos en Bolivia en 2016 el trabaja aqui en chile y ase poco tuvo su carnet definitivo de chile yo solo vine ase un mes de Bolivia a chile ahora me quiero quedar aquí en chile y será válido mi matrimonio en chile y puedo obtener directamente carnet l definitiva de chile por estar casada con mi esposo en Bolivia o tengo q hacer el tramite normal para carnet terporia y luego para mi definitiva.

    • Abogado D-CL dice:

      Estimada Sonia,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.

      Deben inscribir el matrimonio en el Registro Civil para que sea válido en Chile. Debes tramitar tu visa de forma normal, pero agrega en los antecedentes que tu marido tiene permanencia definitiva, eso ayuda mucho en el trámite que debes realizar.

      Para que te contacte un abogado de nuestro equipo, escríbenos a este link.

      Saludos.

  39. Elena dice:

    Señor buenos días, me puede aclarar la siguiente duda, mi papa nunca se separo de la mama pero tiene una relación con una persona por mas de 10 años, ambos este año viajaron y se casaron en las vegas,ese matrimonio es valido en Chile o no, si el papa no ha realizado los tramites de divorcio en Chile…la mama lo puede acusar de bigamia o no.. esto me preocupa porque la relación de ambos no es tan buena…

    • Abogado Derecho-Chile dice:

      Estimada Elena,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.

      En principio, y si no se realiza la inscripción de ese matrimonio en Chile, no tiene validez alguna en nuestro país. Estando ya casado en Chile, tampoco podría proceder a inscribirlo, puesto que cometería el delito de bigamia.

      Si requiere de la asesoría de nuestros abogados en esta materia, la invitamos a completar el siguiente formulario de contacto.

      Saludos Cordiales

  40. Elena dice:

    Buenos días, deseo hacerle una consulta y si me puede responder por correo, mi papa nunca se separo de la mama pero el tiene una relación con otra persona por mas de 10 años y este año ello viajaron y se casaron en las vegas, ese matrimonio es valido en chile o es solo valido en ese estado..
    Me puede por favor responder, se agradece su respuesta…

    • Abogado Derecho-Chile dice:

      Estimada Elena,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.

      En principio, y si no se realiza la inscripción de ese matrimonio en Chile, no tiene validez alguna en nuestro país. Estando ya casado en Chile, tampoco podría proceder a inscribirlo, puesto que cometería el delito de bigamia.

      Si requiere de la asesoría de nuestros abogados en esta materia, la invitamos a completar el siguiente formulario de contacto.

      Saludos Cordiales

  41. Noelia dice:

    Estimado, desde antemano muchas gracias por todas las respuestas y claridad en las mismas.
    Siempre me han orientado las realizadas por otras personas, pero en esta ocasión quisiera consultarle yo. He consultado en varios sitios e incluso con varias personas (abogados, personal del registro civil, etc) y nadie logra darme una respuesta certera, si no incluso contradictorias.

    La situación es la siguiente: estoy casada en Argentina bajo régimen de sociedad conyugal. Ambos cónyuges somos argentinos. Pronto adquiriremos una propiedad, la cual estará a nombre de mi marido, si bien en los hechos será pagada por los dos, ya que ambos trabajamos en posiciones muy similares. Entiendo que siendo ambos extranjeros, el matrimonio no se inscribe aquí. Estoo significa que acá estamos «condenados» a ser vistos siempre como separados de bienes? O rige la ley argentina en este caso, y el bien entra en nuestra sociedad conyugal? Llegada la eventualidad de un divorcio… qué sucedería con los bienes adquiridos en Chile durante nuestro matrimonio? Ese divorcio debiera tramitarse en Chile si ambos todavía tenemos domicilio aquí?

    Espero con ansias su respuesta, desde ya muy agradecida

    • Abogado D-CL dice:

      Hola Noelia,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.

      Ustedes pueden inscribir en Chile el matrimonio que celebraron en Argentina y en ese momento pueden pactar como régimen matrimonial la sociedad conyugal, de manera tal que todo lo que adquieran en Chile mientras dure el matrimonio (desde su inscripción en Chile) sea de ambos.

      La separación de bienes no es obligatoria para los matrimonios celebrados en el extranjero, al inscribirlo acá pueden pactar sociedad conyugal o participación en los gananciales si así lo desean.

      Para que un abogado de nuestro equipo te contacte a fin de aclarar tus dudas, escríbenos a este link.

      Saludos.

      • Noelia dice:

        Ahh ya. Muchas gracias por tu respuesta. Entonces no está ok eso que dice en el post principal, que para inscribir el matrimonio en Chile, al menos uno de los cónyuges debe ser chileno?

        • Abogado D-CL dice:

          Estimada Noelia,

          hay que distinguir, si se va a inscribir el matrimonio realizado en el extranjero en el consulado chileno o si se va a inscribir el matrimonio en Chile.
          En el primer caso uno de los cónyuges debe ser chileno, en el segundo caso no es necesario que al menos uno de los cónyuges sea chileno.

          Saludos.

  42. MERCEDES dice:

    buenas tardes una consulta en el año 2008 me case con un peruano acá en El Salvador el se vino a vivir a mi país, estuvimos casados cerca de cuatro años, no tuvimos hijos ni bienes en común luego nos divorciamos en mi país por mutuo consentimiento nuestro divorcio salio en el 2013. mi exesposo regreso a su país pero jamas hizo tramite de asentamiento de nuestro divorcio en Perú. Mi pregunta es si es cierto que para que él pueda obtener su divorcio en perú tiene que efectuar un tramite igual al que hicimos en mi país? o que requisitos son los que hay que cumplir para asentar en Perú nuestro divorcio que se efectuó en El Salvador. le agradeceré su información

    • Abogado D-CL dice:

      Hola Mercedes,

      Gracias por participar en Derecho-Chile. Como dice el nombre de nuestro portal jurídico, damos orientación respecto del Derecho Chileno, en tu caso debes averiguar cómo hacer efectivo el divorcio en Perú.
      Debe existir una figura similar a lo que en Chile se denomina Exequátur.

      Saludos.

  43. diwane dice:

    buenas tardes,mi pregunta es: si contraigo matrimonio en Venezuela y no apostillo el acta de matrimonio seria valido en Chile? y la otra duda es si pudiera contraer matrimonio en Chile ambos siendo venezolanos de nacimiento que requisitos tendría que tener al ser turista

    • Abogado D-CL dice:

      Estimada Diwane,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.

      Ustedes pueden casarse en Chile como turistas y ese matrimonio lo pueden inscribir posteriormente en Venezuela. Para que un abogado de nuestro equipo te contacte y puedas aclarar tus dudas, escríbenos a este link.

      Saludos.

  44. Juan Carlos dice:

    Hola buenas tardes, mi consulta es la la siguiente, mi acta novia es a argentina pero vive en Chile hace 13 años y ya tiene la nacionalidad Chilena, ella está actualmente separada de hecho y n2fesuta divorciarse, ella se caso en argentina el año 2005 por la ley argentina, en esta relación hay propiedades a nombre de ella y otras a nombre de ella y de su ex marido, como se hace oara liquidar esos bienes si entiendo deben divorciarse en Argentina país donde ellos no tienes bienes, si declaran los bienes que están en Chile que ley opera la Argentina ? a ella le preocupa porque al parecer en Argentina es 50% oara cada uno sin importar quien compro el bien o quien es el dueño, desde ya gracias.

    • Abogado Derecho-Chile dice:

      Estimado Juan Carlos,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.

      En este caso en particular, lo que debiese realizar su novia, es el divorcio en Argentina, pues entendemos se encuentra casada en dicho país. En nuestro país los bienes en conjunto han de estar bajo el régimen de una comunidad de bienes, sin que exista un vínculo matrimonial que los vincule, por lo cual deberán liquidar dicha sociedad mediante escritura pública, y proceder en el caso de bienes inmuebles, a realizar las respectivas inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces, a fin de que las propiedades figuren a nombre de cada uno por separado.

      En el evento que sea imposible liquidar la comunidad de común acuerdo, deberá iniciarse un juicio de partición.

      Si requiere de la asesoría de nuestros abogados en esta materia, lo invitamos a completar el siguiente formulario de contacto..

      Saludos Cordiales

  45. jean carlos dice:

    buenos días estimado pablo. mis saludos. mi consulta es la siguiente. mi novia y yo queremos contraer matrimonio acá en chile ambos de nacionalidad venezolana. quisieramos saber cuales son los requisitos detallados para poder contraer el matrimonio…? y cumplir con todas las leyes del país… muchas gracias.

    • Abogado Derecho-Chile dice:

      Estimado Jean Carlos,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.

      El primer paso a seguir para que junto a su novia puedan contraer matrimonio, es acercarse a la oficina del Servicio de Registro Civil que estimen conveniente y manifestar su intención de contraer matrimonio. En ese momento deben portar su cédula de identidad para extranjeros vigente, en caso de contar con la residencia temporal o definitiva, o bien su pasaporte el cual también debe estar vigente.

      Al momento de manifestar su intención deben señalar el nombre de dos testigos, los cuales estarán presentes en la información y celebración del matrimonio (pueden ser parientes, amigos, etc. son la sola limitante que entiendan el idioma español). En este momento también pueden pactar el régimen patrimonial que regirá su matrimonio, y si nada dicen se entenderán casados bajo Sociedad Conyugal.

      Cualquier otro detalle respecto al tema será informado oportunamente por el oficial Civil.

      Si requiere de la asesoría de nuestros abogados en esta materia, lo invitamos a completar el siguiente formulario de contacto..

      Saludos Cordiales

  46. Juan Suazo Gonzalez dice:

    Estimado Pablo, tengo una amiga Colombiana y quiero ayudarla con un tema de matrimonio con chileno y hace un año q no están juntos.
    Ella está preocupada … Porque cree q la pueden sacar del país …. Es posible tener una cita en su despacho?
    Gracias y espero su respuesta.
    Juan

    • Abogado Derecho-Chile dice:

      Estimado Juan,

      Gracias por participar en Derecho-Chile y con mucho gusto lo podemos asesorar.

      A fin de concertar una cita y poder brindarle la asesoría que requiere, lo invitamos a completar el siguiente formulario de contacto..

      Saludos Cordiales

  47. José dice:

    Estimado Abogado Pablo:
    Primero felicitarlo por su ayuda en estos temas, muy importante y necesaria para las parejas que quieren unirse en vida e común.

    Mi caso y pregunta es la siguiente: Soy Chileno, mi pareja Boliviana y nos queremos casar acá en Chile. El tema es que ella estuvo casada y posteriormente divorciada allá en Bolivia. Su Cédula de identidad Boliviana aparece de hecho como soltera.

    Frente a lo anterior, es necesario que ella tramite esa sentencia de divorcio en el consulado de Chile en Bolivia, relaciones exteriores de Bolivia y luego en RR.EE. de acá de chile y para poder casarnos y porqué?.
    Qué pasa si no los presenta y nos casamos sin la presentación de esos documentos.
    Quedando de antemano agradecido de su respuesta y nuevamente felicitarlo por esta ayuda que brinda.

    Saludos cordiales
    José R-

    • Abogado D-CL dice:

      Estimado José,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.

      Si ella ya está divorciada en Bolivia y su matrimonio nunca se inscribió acá, pueden casarse sin problemas.

      Para que te contacte uno de nuestros abogados, escríbenos a este link.

      Saludos.

  48. josefina dice:

    Josefina ,11/2/2017
    Muy buenos días abogado, soy dominicana y mi prometido chileno, tenemos planes de boda para abril de el.año en curso, ya tenemos los documentos necesarios para el matrimonio y pensamos legalizarlo inmediatamente en la embajada chilena aquí en mi país ,nos aconsejaron que mi prometido haga la petición desde aquí para yo.poder entrar a chile., mi pregunta es, se puede hacer desde aquí la petición , cuáles documentos necesitaríamos y luego echa la petición que tiempo tardaría para darme el visado ? Espero su repuesta, gracias por la acogida

    • Abogado Derecho-Chile dice:

      Estimada Josefina,

      Gracias por participar de Derecho-Chile.

      En su caso y una vez celebrado el matrimonio, deben dirigirse al consulado chileno en República Dominicana, allí deberá presentar certificado de matrimonio emitido por la autoridad de su país, además de sus cédulas de identidad y/o pasaportes, con dicha documentación se procede a la inscripción del matrimonio por ustedes celebrados en Chile.

      Si requiere de la asesoría de nuestros abogados en esta materia, la invitamos a completar el siguiente formulario de contacto.

      Saludos Cordiales

  49. Karen dice:

    Buenas tardes
    Muchas gracias por su tiempo en responder algunas dudas
    La mía es la siguiente
    Si yo me caso en el extranjero y al regresar a chile no lo inscribo y vuelvo a contraer matrimonio por segunda vez sin disolver el matrimonio anterior. Que consecuencias civiles y/o penales tendría? Y quién podría alegarlo?
    Muchas gracias Sr. Pablo

    • Abogado Derecho-CL dice:

      Estimada Karen,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.

      De hacer eso efectivamente traería consecuencias penales, específicamente el delito de Bigamia.

      Se puede comunicar por interno para darnos más detalles y así uno de nuestros abogados se podrá poner en contacto con Usted. Escríbanos a través del siguiente formulario.

      Saludos

  50. Carmen Rojas dice:

    Estimado junto con saludar, le cuento que soy chilena y me case con un argentino en Argentina, nunca validamos el matrimonio en Chile, ahora estamos separados hace 8 años y el vive en Argentina, mi pregunta es ¿si nos divorciados el puede reclamar por mis bienes adquiridos en Chile, además el me puede demandar y tener una orden de arraigo hacia mi persona si es que voy a Argentina?

    • Abogado Derecho-Chile dice:

      Estimada Carmen,

      Gracias por participar de Derecho-Chile.

      La respuesta a su pregunta dependerá de que tipo de bienes son, y bajo qué régimen patrimonial contrajo matrimonio en Argentina (Comunidad o separación de bienes), por lo que es necesario que nos otorgue más detalles antes de dar una respuesta a ciencia cierta.

      Respecto a la orden de arraigo no habría justificación alguna para una acción de dicha índole.

      Si requiere de la asesoría de nuestros abogados en esta materia, la invitamos a completar el siguiente formulario de contacto.

      Saludos Cordiales

  51. Pablo dice:

    Buenas tardes Dr. soy argentino y me voy a casar con una chilena en Chile, estoy divorciado legalmente en Argentina pero quisiera saber si es posible que nos casemos por iglesia en Chile aunque ya me haya casado por iglesia en mi primer matrimonio el cual estoy divorciado como dije, mucha sgracias!!

  52. Gabriela dice:

    Buenos dias .. mi consulta es porq estoy en pareja con un ciudadano chileno y el esta casado en Chile con una boliviana pero están separado de hecho ya hacen 17 años … no hay hijos en común y el matrimonio duro casi nada … ella regresó a Bolivia y no se sabe de su paradero sólo se supo a travez del consulado de Bolivia q ella se casó en la paz … pero en Chile para q mi pareja se divorcie le piden una cantidad de cosas tremendas y una de esas es la dirección de ella .. Y tengo entendido q pasando tres años y no tener noticias de esa persona te deben otorgar el divorcio … quisiera saber eso por favor. .. desde ya muchas gracias. ..

    • Abogado Derecho-Chile dice:

      Estimada Gabriela,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.

      Estimada en este caso, debe realizarse de todas formas un juicio de divorcio, siguiendo exactamente el mismo procedimiento, con la salvedad que se debe acreditar ante el tribunal que se desconoce el paradero de la cónyuge y solicitar se le designe un defensor de ausentes.

      Si requiere de la asesoría de nuestros abogados en esta materia, la invitamos a completar el siguiente formulario de contacto.

      Saludos Cordiales

  53. Manuel Fdez dice:

    Saludos estimado Pablo.

    Soy dominicano, casado con chilena y dos hijos. Mi pregunta va orientada a los beneficios que se otorgan una vez inscribo el matrimonio en Chile. Me encuentro haciendo el trámite para solicitar a la embajada de Chile en dominicana la vida de Turismo simple. Ya he viajado y ésta sería mi segunda vez a ver el nacimiento de mi próximo hijo. Gracias de antemano por su amable respuesta.

    • Abogado Derecho-Chile dice:

      Estimado Manuel,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.

      Los efectos de inscribir el matrimonio en Chile son en primer lugar, darle validez al mismo, puesto que si no se inscribe, su matrimonio no será válido. Además de la mencionada validez, inscrito el matrimonio, le permitirá sujetarse a un régimen patrimonial de bienes, y además reconocerá a su cónyuge la calidad de heredera ante un eventual fallecimiento.

      Si requiere de la asesoría de nuestros abogados en esta materia, lo invitamos a completar el siguiente formulario de contacto.

      Saludos Cordiales

  54. Nzta dice:

    Hola, un placer conocerle… soy venezolana y mi novio es chileno… nos casaremos aqui en venezuela Dios mediante para finalizar este año… que pasos deben efectuarse para que el pueda casarse conmigo… El vive en chile solo viajara para casarnos e irnos a chile… que debemos hacer y que requisitos exigen para que esto se concrete.. te lo agradeceria

  55. robert castillo dice:

    Buenas tarde estimado… soy dominicano y convivo con mi pareja hace un año. Ella es chilena y tenemos planes de casarnos y quisiera saber si nos podemos casar. Ya q mi problema es q estoy ilegal en el pais y algunas personas me an dicho q aki nos es permitido casarnos por mi estatus migratorio… si me pudiera dar una solucion o algun consejo util porfavor.

    • Abogado Derecho-Chile dice:

      Estimado Robert,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.
      Actualmente existe jurisprudencia del máximo tribunal de justicia de Chile, la excelentísima Corte Suprema, que ha señalado que los inmigrantes ilegales sí pueden contraer matrimonio, lo invitamos a leer al respecto en el siguiente enlace.
      Si requiere de la asesoría de nuestros abogados en esta materia, lo invitamos a completar el siguiente formulario de contacto.

      Saludos Cordiales

  56. andrea dice:

    Estimado

    Le cuento, yo me casé en Canada (soy ciudadana canadiense) el año 2007 con un ciudadano uruguayo. No inscribí mi matrimonio en el consulado de Chile. Si inscribí a mi hija que nació fruto de nuestro matrimonio Nos separamos de hecho el año 2009. Yo estoy viviendo en Chile desde el 2013 y Mi duda es la siguiente: si yo quiero adquirir cualquier tipo de bien tendría él algún derecho sobre estos? Qué ley me ampara al respecto?

    Muchas gracias de antemano.

    Andrea

  57. ernesto dice:

    abogado pablo.
    soy chileno y mi ex venezolana, o me doy cuenta que nunk ubo amor o algo, solo salir de alla, de un dia a otro ubo un hijo por medio ya tinene 7 años, en chile tenemos 3 años que han sido entrecomillas los que hemos estado juntos, en venezuela nunka vivimos juntos, por decision de ella. hoy me encuentro con la desilucion de una familia rota, y darme cuenta qu solo de mi ha queriido dinero (primero alla y ahora aca) y nunka formar familia conmigo. hoy quiero anular todo, hasta desconfio que el hijo sea mio, como puedo proceder para eliminar el vinculo que me une a ellos,saludos.

  58. Fabian dice:

    Estimado Pablo:

    Somos una pareja homosexual que vamos a contraer matrimonio en el extranjero.
    Para validar acá solo podemos hacerlo mediante la homologación al AUC,
    pero queremos la ceremonia civil para validar frente a nuestros amigos y familiares la unión.
    Si hacemos el trámite, no podremos tener un juez que nos valide como pareja, que justamente es lo que queremos.
    Es posible no homologar el matrimonio extranjero y simplemente pedir hora para AUC y realizar ceremonia?
    De hecho es posible, pero pudiese traernos algún problema?

    Gracias por la respuesta.

    • Camila Rizik dice:

      Estimado Fabián,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Como dices, puedes simplemente pedir una hora para celebrar el Acuerdo de Unión civil, no tendrás ningún inconveniente.

      Saludos cordiales

  59. Lady dice:

    Buenas señor pablo soy peruana me case con un peruano con permanencia definitiva en chile es valido mi matrimonio en peru?

  60. David gaete dice:

    Hola buenas tardes abogado mi consulta es la siguiente. Soy chileno y mi novia ecuatoriana si me caso en ecuador y despues legalizó el matrimonio todo en chile, ella tendrá la doble nacionalidad de forma inmediata o tendrá una visa temporal esa es mi duda desde ya muchas gracias por su labor de informar

    • Camila Rizik dice:

      Estimado David,

      muchas gracias por participar Derecho-Chile.
      Respecto a tu consulta, por el hecho de contraer matrimonio con un chileno, no significa que se adquiere automáticamente la nacionalidad chilena.
      Para adquirir la nacionalidad chilena, ella requeriría:
      Ser mayor de 21 años.
      Debe solicitarse por escrito, a través de una «Declaración de Opción a la Nacionalidad chilena».
      La declaración debe efectuarse en el plazo fatal de un año, contado desde la fecha en que el declarante cumpla 21 años de edad.
      Que la solicitud se haga efectiva ante el Intendente Regional o el Gobernador Provincial, o ante el Agente Diplomático o Cónsul de Chile en el extranjero; y
      Que el interesado acredite, fehacientemente, que se encuentra en alguno de los dos casos excepcionales previstos en el artículo 10 Nº 1º, esto es, hijos de extranjeros que se encuentren en Chile en servicio de su Gobierno, y de los hijos de extranjeros transeúntes.

      Para una mayor orientación, no dudes en contactarnos en el siguiente formulario.

      Cordiales saludos

  61. Martin dice:

    Estimado, nosotros somos una pareja de uruguayos que nos casaremos en nuestro país natal, la idea es inscribir dicho matrónimo en Chile ya que ambos vivimos aquí.
    Tenemos una duda con el régimen patrimonial, entiendo que sea cual sea el régimen elegido en nuestro país al momento de inscribirlo en Chile se puede optar por separación de bienes, ¿esto es así o rige el régimen elegido en Uruguay?
    Desde ya muchas gracias por su ayuda

    • Abogado Derecho-Chile dice:

      Estimado Martín,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.

      Al inscribir su matrimonio en Chile, podrán optar por el régimen patrimonial que ustedes estimen convenientes, y si nada dicen, aplicará el régimen patrimonial de separación total de bienes.

      Si requiere de la asesoría de nuestros abogados en esta materia, lo invitamos a completar el siguiente formulario de contacto.

      Saludos Cordiales

  62. Constanza dice:

    Hola Sr.Abogado
    Soy Chilena y mi pareja árabe egipcio queremos casarnos el próximo año en chile pero mientras tanto como no podemos viajar todavía él a chile por trabajo y yo a egipto por estudio queremos ver la posibilidad de casarnos por mandato mientras así agilizamos su permiso a chile, qué debemos hacer y que papel se debe enviar a él para poder realizar el trámite y que el matrimonio sea válido después en chile ?
    Muchas gracias.

  63. Viviana dice:

    Soy chilena casada con italiano el año 2010. El matrimonio no duró mas de seis meses y yo volví a Chile. Han pasado mas de 6 años y no tuve más contacto con el. Conoci un ciidadano americano y se quiere casar conmigo. Como puedo iniciar los trámites de divorcio en Chile sin tener que ir a Italia??

    • Camila Rizik dice:

      Estimada Viviana,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Es posible tramitar el divorcio desde Chile, para lo anterior deberá otorgar un mandato judicial a un abogado italiano en el consulado italiano en Chile.

      Cordiales saludos

  64. Veronica dice:

    hola soy peruana, me case con un chileno como puedo realizar el cese de covivencia, mi matrimonio fue inscrito en el consulado de chile ya que me case en peru.
    mi consulta es esto afecta a que yo pueda solicitar en registro civil el cese de convivencia?.
    atenta a su respuesta me despido.

    • Camila Rizik dice:

      Estimada Verónica,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, por lo que usted comenta, se encuentra casada en Chile para todos los efectos, es por lo anterior que debe tramitar el cese de convivencia como cualquier otro matrimonio celebrado en Chile.
      Entre las alternativas que tiene para cumplir con el trámite del cese de convivencia, se encuentran las siguientes:
      a) Puede solicitar el acta de cese de convivencia en el Registro civil, dicha acta debe ser notificada a su cónyuge, procedimiento que es conocido por los Tribunales de Familia.
      b) Puede otorgar el acta de cese de convivencia en el consulado chileno en Perú, dicha acta debe ser notificada a su cónyuge, procedimiento que es conocido por los Tribunales de Familia.
      Para poder ayudarle de mejor manera, no dude en contactarnos en el siguiente formulario.

      Saludos Cordiales

  65. Pamela dice:

    Buenos días, tengo una consulta, me vine a Chile a vivir hace un par de semanas y me casé en Argentina, porque mi marido es de allá, como puedo legalizar mi matrimonio acá, donde debo ir. leí el artículo y decía que debía ir al consulado de Chile allá, pero pensé que podía hacerlo acá. qué puedo hacer para legalizarlo, donde debo dirigirme. La otra consulta, tuve un hijo en Argentina, donde puedo sacar su nacionalidad.

    Muchas gracias

    • Abogado Derecho-Chile dice:

      Estimada Pamela,

      Gracias por participar de Derecho-Chile.

      Para legalizar su matrimonio en Chile, debe acudir en primer lugar al Servicio de Registro Civil e identificación, en dicho lugar le informarán la documentación necesaria y pasos a seguir.

      Saludos Cordiales

  66. FRANCISCA dice:

    BUENAS TARDES.EN ESTE MOMENTO ME ENCUENTRO EN SUIZA , Y HEMOS TOMADO LA DESICION DE CONTRAER MATRIMONIO CON MI NOVIO. YO SOY CHILENA QUE DOCUMENTACION NECESITO TENER , Y TAMBIEN NECESITARIA INFORMACION DE QUE DEBO HACER PARA QUE MI MATRIMONIO TENGA VALIDEZ EN CHILE TAMBIEN .
    MUCHAS GRACIAS
    FRANCISCA

    • Abogado Derecho-Chile dice:

      Estimada Francisca,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.

      De celebrar matrimonio en Suiza, debe cumplir con todos los requisitos que exija la legislación en dicho país. Una vez celebrado su matrimonio, puede realizar la inscripción del mismo en el Consulado chileno en Suiza.

      Si requiere de la asesoría de nuestros abogados en esta materia, la invitamos a completar el siguiente formulario de contacto.

      Saludos Cordiales

  67. Maria Paz de la Fuente dice:

    Buenos Días

    Mi consulta es la siguiente mi marido se fue a EEUU y no volvió y supe que esta casado el puede estando casado conmigo aquí en Chile?

    Espero su ayuda mil gracias

    • Abogado Derecho-Chile dice:

      Estimada María Paz,

      Gracias por participar en Derecho-Chile.

      La validez del matrimonio de su marido en EE.UU. dependerá de la legislación vigente del lugar donde haya contraído dicho matrimonio, sin embargo no tiene validez en nuestro país.

      Si requiere de la asesoría de nuestros abogados en esta materia, la invitamos a completar el siguiente formulario de contacto.

      Saludos Cordiales

  68. Franco dice:

    Buenas tardes . Vivo en Venezuela y me casé en el 2007 con una chilena . Queremos irnos a chile . Pero antes queremos ir a la embajada chilena en Caracas a inscribir el matrimonio . Mi pregunta es , yo puedo obtener la nacionalidad chilena . Muchas gracias

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Franco,

      muchas gracias por su consulta.

      Usted como al igual que cualquier otro extranjero puede obtener la nacionalidad chilena.

      A partir del 08 Enero de 2016, rigen nuevos requisitos para otorgar la nacionalización chilena. Los nuevos requisitos son:

      •Haber cumplido 18 años de edad.

      •Tener 5 o más años de residencia en Chile (lo cual se cuenta a contar de la primera visa estampada).

      •Ser titulares de Permanencia Definitiva.

      Reuniendo estos requisitos deberá completar y enviar la siguiente solicitud llamada «CARTA DE NACIONALIZACIÓN«.

      El valor del arancel de la Carta de Nacionalización para extranjeros en general es de $17.316, mientras que para extranjeros que tengan un vínculo con chileno (cónyuge, viudo(a) hijo(a) chileno) es de: $3.463.-

      Éxito y nos vemos en Chile.

  69. rafael dice:

    señor abogado, soy peruano y mi mujer es peruana, nos casamos en peru, y hoy ambos vivimos en chile y queremos divorciarnos a que hace 2 años estamos separados.
    no hemos incrito el matrimonio en chile.

    podemos divorciarnos aca en Chile?

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Rafael,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Les recomendaría que inicien el trámite de divorcio desde Chile otorgando cada uno de Ustedes un mandato judicial para divorcio a algún abogado peruano.

      Cordiales saludos

  70. Soledad Ortega dice:

    Buenas tardes.
    Mi consulta es la siguiente me case en Suecia el año 1987 con un ciudadano chileno nacionalizado sueco, yo tengo nacionalidad sueca desde el año 1998. Nos separamos legalmente en Suecia el año 1998.
    Yo registre el matrimonio en el consulado chileno en Estocolmo el año 1987, trámite al que acudí sola.
    Mi ex esposo ha solicitado la separación en Chile, pero exige la mitad de una casa que mi padre me compro el año 1992 y que está a mi nombre. Según información que he recibido por la cónsul chilena en Estocolmo, mi matrimonio quedo registrado con separación de bienes, ya que nunca se registró en el registro civil en Chile.
    Mi pregunta es la siguiente: como puedo demostrar que estoy casada con separación de bienes? En un certificado de matrimonio que he solicitado gratuito y en linea al registro civil, no aparece nada.
    Le agradezco de antemano su respuesta y amabilidad.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Soledad,

      muchas gracias por su consulta.

      Su problema me es conocido y es de fácil solución.

      Ya que se encuentra en el extranjero, le recomendaría que realice la siguiente gestión a través del consulado chileno en Suecia.

      Solicite una copia íntegra del acta de matrimonio chileno, conocido como: «REGISTRO DE MATRIMONIO». (No confundir con el Certificado de matrimonio).

      El consulado chileno a su vez lo solicitará al Servicio de Registro Civil e Identificación en Chile.

      En ese documento aparecerá el régimen patrimonial.

      Cordiales saludos

  71. Pedro dice:

    Estimado Sr. Abogado, Le agradeceria enormemente si puede orientarme con lo sgte.: Mi novia y yo nos casaremos en Bariloche en Abril del 2017, ella es extranjera y yo Chileno, es profesional y quisiera que se viniese a vivir conmigo a Chile y se quede obviamente, mi consulta es que casandome yo en Argentina, podria luego legalizar esa union y traspasarla al acuerdo de Union Civil establecido como nueva modalidad, al hacer esto ella adquiriria el derecho de permanecer en Chile sin necesidad de Visa?, podria ella ejercer su profesion?, le agradezco de antemano su atencion y su orientacion, quedo atento a sus comentarios, Pedro

    • Camila Rizik dice:

      Estimado Pedro,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      En el caso de matrimonio celebrado en el extranjero (Bariloche, Argentina), puede inscribirse en Chile, decidiendo si adoptar el Acuerdo de Unión Civil o Matrimonio Civil.
      Por el hecho del matrimonio, no se adquiere la nacionalidad Chilena, por lo que igualmente su mujer necesitaría de una Visa.
      Para que caso de ejercer su profesión, debiera analizarse de que profesión se trata y ver la posibilidad de validar el título.
      Para una orientación mayor, no dudes en contactarnos en el siguiente formulario.

      Saludos cordiales

  72. Edith Nereida Betancourt Chávez dice:

    Buenas tardes, quisiera saber si me puede informar como lograr divorciarme, yo me casé con un chileno en México, y tenemos ya 2 años de separados ahora los dos vivimos en chile y este matrimonio nunca fue inscrito en las autoridades chilenas como puedo divorciarme…?? Mil gracias

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Edith,

      muchas gracias por su consulta.

      Le respondo brevemente, mientras no se encuentre inscrito su matrimonio en Chile, el estado civil que se les reconoce es de solteros. Sin embargo, el matrimonio realizado en México tiene plena validez en Chile, sólo que para ello 1ro se debe inscribir.

      Entonces, aun cuando no suene tan lógico, para poder divorciarse en Chile tiene que 1ro inscribir su matrimonio realizado en el extranjero en el Servicio de Registro Civil e Identificación, para ello debe llevar su certificado de matrimonio apostillado. Solo de esa forma ese documento público de origen mexicano tendrá efecto legal en Chile.

      Para recibir un presupuesto gratuito de mi parte para realizar el divorcio de mutuo acuerdo, le pediría que nos escriba a través del siguiente formulario.

      Cordiales saludos

  73. Carmen dice:

    Buenas tardes,quisiera hacer una consulta…soy colombiana casada con un chileno, el cual se fue con su amante hace algún tiempo no tuvimos hijos en común, pero me dejo abandonada a mi merced y muy enferma de mi columna y una lumbalgia crónica. El tiene un muy bien trabajo en una compñia minera el quiso casarse con bienes mancomunados,o sea en sociedad, no puedo trabajar no me.puedo mantener. Y no se acuerda que existo por andar con la amante, quisiera saber que puedo ganar al demandarlo y también que efecto tiene que este casada aquí en Chile en otro país o en el mío propio? Por su pronta respuesta muchas gracias de antemano.

  74. Graziella Lobos dice:

    Hola amigo Pablo.
    Mi nombre es Graziella soy Venezolana, mi novio es chileno porque su madre nació allá ambos tenemos planes de boda para el próximo año. Mi pregunta es referente a mi condición, puedo adquirir la nacionalidad de mi novio luego de registrar nuestro matrimonio? Ambos tenemos planes de ir a estados unidos a visitar nuestro mejor amigo que vive allá mas no tengo visa. Si llego a casarme con él que trámites podemos realizar para que esto sea posible? Es posible en sí? Gracias Pablo.

    • Camila Rizik dice:

      Estimada Graziella,

      gracias por participar en Derecho-Chile.
      En cuanto a tus consultas, por el hecho de contraer matrimonio con un chileno, no se adquiere la nacionalidad Chilena, para optar a esta, es necesario reunir una serie de requisitos, a saber:
      + Ser mayor de 21 años.
      + Debe hacerse por escrito, a través de una «Declaración de Opción a la Nacionalidad chilena».
      + La declaración debe efectuarse en el plazo fatal de un año, contado desde la fecha en que el declarante cumpla 21 años de edad.
      + Que la solicitud se haga efectiva ante el Intendente Regional o el Gobernador Provincial, o ante el Agente Diplomático o Cónsul de Chile en el extranjero; y
      + Que el interesado acredite, fehacientemente, que se encuentra en alguno de los dos casos excepcionales previstos en el artículo 10 Nº 1º, esto es, hijos de extranjeros que se encuentren en Chile en servicio de su Gobierno, y de los hijos de extranjeros transeúntes.

      Para otras consultas no dudes en contactarnos en el siguiente formulario.
      Saludos cordiales

  75. Jorge Silva Caceres dice:

    Muy útil la pagina, sin embargo aun me permanece una pregunta, un matrimonio extranjero en Chile se le considera legalmente solteros? Es decir si el matrimonio vive en Chile y tiene propiedades solo los hijos pueden heredar, ya que legalmente la esposa no lo es…. es así?
    Saludos

  76. Andrés Crisos dice:

    Estimado Pablo,

    Felicidades por el artículo.

    Queremos mi pareja y yo, casarnos por el civil en FEB del 2017 en Bulgaria (ya estamos reuniendo la información necesaria). Ella de nacionalidad kazaja (Kazajistán) y yo, chileno. Entiendo las autoridades búlgaras deberán expedir un documento culminada la ceremonia, que acredite la formalidad de la unión.

    Pasaré un corto tiempo con ella en Bulgaria post matrimonio civil, lugar de residencia de ella por 04 años por motivos estudiantiles.

    Para ahora, seguir con los trámites en Chile y validar esta unión; puesto el plan es que ella se venga a vivir aquí en AGST 2017 entiendo debo validar primero, este documento ante el Consulado de Chile en ese país.
    Lamentablemente no lo hay y tiene su jurisdicción en Rumania. Sin embargo desde allá, vía correo electrónico, la Asistente Consular me indica lo siguiente:

    «A partir del 30 de agosto 2016, ha entrado en vigor la apostilla en Chile también. Por lo tanto, cualquier documento emitido en Bulgaria será apostillado por las mismas autoridades búlgaras y con eso ya surtirá efectos en Chile»

    ¿Esto implica que no deberé hacer nada en Rumania, y esperar a que el documento sea «apostillado» por las autoridades búlgaras, verdad? ¿Qué significa este acto en particular; es una especie de timbre o automáticamente me lo entregarán «apostillado»?

    El paso número dos y según bien explica en su artículo, es «legalizar» el documento ante el Ministerio RREE de Chile. Sin embargo ¿Qué hay con las traducciones? Este documento imagino estará «apostillado» y/o tramitado en Bulgaria en idioma búlgaro (tal vez).

    Del mismo modo, agradecería cualquier orientación que puede ayudarme en esta compleja pero no menos esperanzadora situación de la que seguro, podremos concretar felizmente bajo las leyes chilenas mi futura esposa y yo.

    Agradezco su información.
    Esperando una pronta respuesta, muchísimas gracias.
    Saludos cordiales.

  77. Yessica dice:

    Hola buenas noches estoy separada de echo o de palabra como se dice hace 1 año.
    Me puedo casar en argentina .con un chileno el.cual se encuentra en la misma situacion.

    • Abogado Derecho-CL dice:

      Estimada Yessica,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.

      No debería hacerlo ya que se configuraría respecto de ustedes el delito de bigamia, por lo que nuestra recomendación es primero divorciarse de sus cónyuges actuales, y luego contraer nuevas nupcias.

      Se puede comunicar por interno para darnos más detalles y así uno de nuestros abogados se podrá poner en contacto con Usted. Escríbanos a través del siguiente formulario.

      Saludos

  78. Rodrigo dice:

    Estimado, una consulta, si se concedió el exequator de una sentencia de divorcio por la Corte Suprema, el tramite que sigue es solicitar en el juzgado de familia la subinscripción de la sentencia no?, mi pregunta si los conyuges divorciados siguen teniendo domicilio en el extranjero, ante que juzgado de familia se presenta el cumplimiento del fallo??? cual sería el tribunal competente?

  79. jessycca ruiz dice:

    hola buenas tardes sr pablo mi consulta es la sig soy venezolana vivo en chile desde hace cuatro meses ya tengo la visa temporaria y quisiera saber si es posible contraer matrimonio civil aca en chile con mi pareja q tambien es venezolana

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Jessyca,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Corto y breve: Sí, si puede contraer matrimonio con su pareja que también es extranjero.
      En Chile rige el principio de igualdad ante la ley y no hace diferencias con extranjeros.

      Quedo a la espera de la foto del matrimonio.

      Cordiales saludos

    • Hector Perlas dice:

      Soy Hector estoy ciudadano uruguayo viví en Chile y me casa con una señora chilena ahora estoy en uruguay y quiero dovorciarme como puedo hacer

      • Abogado Pablo dice:

        Estimado don Héctor,

        muchas gracias por su consulta.
        Usted puede/debe otorgar un mandato judicial a un abogado/a en Chile para que se inicie la tramitación del divorcio, en el mejor de los casos de mutuo acuerdo.
        Ese mandato se redacta en Chile y se le envía para ser presentado ante el Consulado de Chile en Uruguay para su firma.
        Luego Usted debe enviarlo a Chile a su abogado, éste a su vez debe presentarlo ante el Ministerio de RREE para su autentificación y luego pasa a Notaría para su protocolización.
        Desde ese momento se le puede representar en Chile para iniciar un juicio de divorcio, sin la necesidad de que Usted se encuentre en Chile.
        Desde ya le ofrecemos nuestra asesoría en todo el proceso de divorcio desde el extranjero. Para recibir un presupuesto gratuito de un abogado experto en la materia de su región, le pediría que nos escriba a través del siguiente formulario.

        Le dejo mis más cordiales saludos

        • José Miguel dice:

          Buenas noches Pablo, mi nombre es José, soy venezolano y mi esposa también es venezolana, en la actualidad estoy en trámite para obtener la residencia definitiva y mi esposa tiene aún su residencia temporaria que se le vence en mayo, estamos coordinando para que ella trámite su residencia definitiva a través de mi que próximamente me la van a otorgar, el problema es que nosotros no pudimos apostillar nuestro matrimonio en Venezuela y por consiguiente no podemos legalizarlo en Chile. ¿Podemos casarnos otra vez en Chile? Yo fui al registro civil y pude pedir cita para casarme ya que en Chile no aparecemos como casados ninguno de los dos.

          Atento a sus comentarios, me despido.

          • Abogado Derecho-Chile dice:

            Estimado José Miguel,

            Gracias por participar en Derecho-Chile y felicitaciones por sus planes de matrimonio.

            Efectivamente pueden celebrar su matrimonio en Chile, para lo cual deben acudir a oficina del Servicio de Registro Civil, y manifestar su intención de contraer matrimonio.

            Para acreditar su identidad deben portar sus cédulas de identidad para extranjeros, en caso de contar con residencia definitiva o temporal, las que deben estar vigentes. En caso de contar con visa de turismo, pueden acreditarla mediante su pasaporte, el cual debe estar vigente.

            Recordamos además que en dicho momento deberán señalar a 2 personas mayores de 18 años quienes actuarán como testigos al momento de la celebración del matrimonio.

            Saludos Cordiales

  80. Jacqueline dice:

    Buenos dias..mi consulta es la siguiente..estoy en italia hace dos anos y vivo con mi pareja homosexual..mi visa esta vencida..a traves de un abogado estoy regularizando mi situacion..nuestra primera intencion es hacer la union civil que ya esta aprovada en italia…pero me dice que posiblemente deba volver a chile y casarme desde alla…que sabe usted al respecto…..desde ya.mil gracias..muchos saludos

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Jacqueline,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile y felicitaciones por sus planes de unión civil!

      Aprovecho además la instancia para transmitir mis condolencias, mi afecto y solidaridad a la comunidad LGBT y en especial, por las víctimas y sus familiares que han perdido a los que aman en el trágico atentado ocurrido en Orlando.

      Al grano: Efectivamente lo que le ha señalado el colega italiano es efectivo y me es conocido. Tengo sin embargo 2 comentarios:

      1ro.- No necesariamente debe específicamente viajar a Chile, lo importante para el derecho europeo es que salga del espacio Schengen dentro del plazo señalado en su visa, esto para evitar sanciones futuras.

      2do.- Hable con su abogado italiano y comente la posibilidad de que la unión civil se realice en Chile, a través de un mandato de representación y que ese acuerdo sea reconocido en Italia.

      Me imagino que no tiene la posibilidad de solicitar prórroga de estancia y que deben «andar corto de tiempo», por lo que mi propuesta no es la idónea, sin embargo quiero de todas formas dejarlo por escrito para otros lectores que estén pasando por su situación y que cuenten con más tiempo.

      Espero haberle ayudado estimada Jacqueline

      Cordiales saludos

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Aldo,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.

      Para su información, la ley de divorcio que exige un documento oficial denominado: „ACTA DE CESE DE CONVIVENCIA», rige para los matrimonios realizados desde Noviembre del 2004.

      Esto quiere decir, que en su caso es necesario cumplir con esta formalidad. Ahora bien, la buena noticia es que de acuerdo a mi experiencia, ambos pueden firmar dicho documento en el consulado chileno de Inglaterra.

      Para ello solo se debe redactar dicho documento con la información pertinente.

      Por tanto, NO necesitan viajar a Chile cumplir con esta formalidad y así una vez que se hayan cumplido los plazos estipulados por ley, se pueda iniciar el proceso de divorcio en Chile.

      Desde ya le ofrecemos nuestra asesoría en todo el proceso de redacción de una escritura pública de ACTA DE CESE DE CONVIVENCIA. Para recibir un presupuesto gratuito de mi parte, le pediría que nos escriba a través del siguiente formulario.

      Le dejo mis más cordiales saludos

    • jhon valencia dice:

      Muy buenas Pablo mi consulta es la siguiente En 1994 contraje matrimonio en chile con chilena .En el año 2001 Viaje a España en el año 2013 estando en España de comun acuerdo nos divorciamos. al cabo de un tiempo me regrese a chile . Han pasado 2 años .. Mi pregunta es, porque en el registro civil chileno sigo estando casado. Cual es el proceso que debo hacer para legalisar el divorcio aqui en chile. muchas gracias.

      • Abogado Pablo dice:

        Estimado Jhon,

        muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
        La razón de ello es que no existe un reconocimiento automático de la sentencia de divorcio dictada en España en Chile.
        Es decir, para todos los efectos legales Usted sigue estando casado con su (ex) mujer en Chile. Lo que en definitiva trae aparejado más de un dolor de cabeza especialmente en materia sucesoria.

        Para solucionar este enredo jurídico, tiene Usted dos posibilidades:
        1.- Existe la posibilidad de solicitar el reconocimiento de sentencia de divorcio española en Chile a través de un procedimiento denominado Exequátor ante la Corte Suprema.

        La Corte Suprema puede señalar que se reconoce o que no se reconoce. Para ello habría que ver los argumentos de la sentencia española.
        Debe saber que su aun cónyuge debe ser notificada de todo lo que se realice en Chile, para evitar notificaciones internacionales, se recomienda que su aun cónyuge tenga un abogado en Chile que lo represente. Normalmente al tomar nuestros servicios en Derecho-Chile ofrecemos 2 abogados (uno para uno).
        El trámite puede durar entre 10- 12 meses.

        2.- Existe la posibilidad de que se inicie un nuevo juicio de «Divorcio de mutuo acuerdo“ en Chile.

        En este caso utilizamos la sentencia de divorcio española, como medio de prueba de la separación física mayor de un año.
        Debe saber que su aun cónyuge debe estar representada por un abogado.
        La diferencia es que aquí no existe el riesgo de que el tribunal rechace la solicitud de divorcio y se realiza todo en un plazo máximo de 3-4 meses.
        Desde ya le ofrecemos nuestra asesoría en todo el proceso de reconocimiento de sentencia extranjera de divorcio y de divorcio en sí. Para recibir un presupuesto gratuito de un abogado experto en la materia de su región, le pediría que nos escriba a través del siguiente formulario.

        Le dejo mis más cordiales saludos

  81. Maria dice:

    Soy Boliviana y mi esposo Boliviano, nos casamos en Bolivia y tenemos una hija. Los tres tenemos residencia definitiva en Chile, quiero saber si puedo hacer reconocer o validar mi matrimonio en Chile.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada María,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.

      Si bien la regla general de acuerdo al inciso 1º del Art. 80 de la Ley de Matrimonio Civil, señala que el matrimonio se regirá íntegramente, tanto en cuanto a su forma como a los requisitos de fondo, por la ley del lugar donde se celebra y será válido en Chile en la medida que cumpla con lo señalado en el Art. 102 CC, para que éste tenga validez legal en Chile, se deberá inscribir. Le recomiendo que desde ya solicite en el Registro Civil de Bolivia un certificado de matrimonio, el cual deberá legalizar en el Consulado de Chile, el cual deberá legalizar en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Luego podrá realizar la inscripción de su matrimonio en el registro civil chileno.

      Cordiales saludos

  82. aldo retamal burgos dice:

    ‘+

    */
    +-uy es+timado abogado. tengo la siguiente consulta.

    Soy chileno, y el año 2009 contraje matrimonio en Chile con una inglesa, nunca inscribimos el matrimonio en el consulado de Chile en Reino Unido. actualmente ambos vivimos en Inglaterra. Estamos separado hace 3 años y estamos de acuerdo en divorciarnos. Mi duda es la siguiente. Entiendo que la ley chilena exige realizar el trámite de cese de la convivencia ante registro civil, a fin de acreditar e plazo de un año de separación de cuerpos. Es necesario para nosotros hacer este tramite ante el registro civil? y en caso qué deba hacerse cuál es la forma?
    de antemano agradece su amale respuesta.

  83. Alejandro dice:

    Buenas noches , tengo una consulta en cuanto como poder certificar un divorcio efectuado en Ecuador entre un chileno y una ecuatoriana , tengo entendido que puede ser atendido por exequatur , es necesario que se este presenten Chile , de no se asi cuanto mas o menos costaria efectuar este tramite desde Ecuador, muchas gracias por su respuesta.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Alejandro,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Respecto a su consulta, la sentencia dictada por el tribunal ecuatoriano tiene que ser autorizada por la Corte Suprema de Justicia chilena para el reconocimiento de la sentencia de divorcio en Chile. Trámite que se denomina Exequátur.
      Para dicho efecto, Usted deberá pedir copia legalizada de todo el expediente de divorcio ante los Tribunales que tramitaron el divorcio en Ecuador, y luego visar estos documentos en el Consulado de Chile en Ecuador. La siguiente etapa consiste en el trámite de autentificación de documentos extranjeros ante el Ministerio de RREE y finalmente se llevan al trámite de protocolización de documentos extranjeros en Notaría.
      Una vez realizados esos trámites administrativos, se firma un mandato judicial para poder representarlo en Tribunales chilenos, y se solicita el Exequátur.
      Desde ya le ofrecemos nuestra asesoría en todo el proceso de Exequátur. Para recibir un presupuesto gratuito de un abogado experto en la materia, le pediría que nos escriba a través del siguiente formulario.

      Le dejo mis más cordiales saludos

  84. Elisabeth dice:

    Hola muy buenas tarde Don Pablo, mi consultas son ,soy chilena y mi novio peruano , queremos casarnos en arequipa , como chilena que trámites debo hacer ? mi matrimonio allá es valido aqui de forma automática o aqui seguire siendo soltera?

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Elizabeth,

      felicitaciones por sus planes de matrimonio!.

      Respecto a los trámites para contraer matrimonio en el país vecino, los debe consultar directamente en las oficinas del registro civil del municipio de su distrito de residencia. Yo solo soy abogado chileno con LL.M en derecho europeo y alemán, no peruano.

      Lo que sí le puedo informar es que aun no existe un sistema que permita registrar en Chile de forma automática los matrimonios realizados en el extranjero. Por lo que deberá registrar el matrimonio en forma extra, como ya lo he señalado varias veces en este artículo, para ello existen dos posibilidades:

      Puede presentarse en el Consulado Chileno en Arequipa, con los documentos correspondientes, o

      Puede inscribbirlo directamente en Chile, para ello necesita el certificado de matrimonio extranjero legalizado por el Consulado Chileno en Arequipa, el cual se debe estar legalizar por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

      Le deseo que tenga una hermosa ceremonia, y mande fotos!

      Cordiales saludos

  85. LUCILA dice:

    BUENA TARDES!! UNA CONSULTA!! MI ESPOSO Y YO , AMBOS ARGENTINOS NOS CASAMOS EN LOS ANDES CHILE!! HOY VIVIENDO LOS DOS ACA QUEREMOS DIVORCIARNOS ME PODRAN ASESORAR DE LOS TRAMITES QUE DEBO SEGUIR , DESDE YA MUCHAS GRACIAS

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Lucila,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.

      Respecto a su consulta le puedo indicar que lo 1ro que se debe distinguir es si su matrimonio en Chile fue realizado antes o después del 17 de Noviembre de 2004.

      En el caso de que se haya realizado el matrimonio después de esa fecha, deberá solicitar el acta de cese de convivencia.

      El acta de cese de convivencia puede ser firmado de común acuerdo por ambos cónyuges en el Registro Civil o en una notaría por escritura pública.

      En el caso de que no exista acuerdo para firmar el acta de cese de convivencia, lo puede firmar usted y una vez que tenga el acta de cese de convivencia, deberá notificar a su marido de ella. Esto es importante ya que la fecha en que empieza «a correr» el cese de la convivencia será el día en que se notifique a su cónyuge. Dicha notificación del acta de cese de convivencia debe ser realizada mediante los tribunales de familia, lo cual es de exclusiva responsabilidad del cónyuge que la suscribe.

      Una vez que esté notificado el cónyuge del acta de cese de convivencia, deberá pasar un lapso de tiempo de 1 año en el caso de que se solicite el divorcio de común acuerdo o de 3 años en el caso de que se solicite el divorcio unilateral.

      Ahora bien en el evento que su matrimonio haya sido realizado con anterioridad al 17 de Noviembre de 2004, el lapso de tiempo de separación se podrá probar a través de cualquier medio de prueba.

      Ese sería el primer paso que debe realizar, de todas formas le recomendaría que cuente con la asesoría jurídica de un abogado experto en derecho de familia de Derecho-Chile. Para recibir un presupuesto gratuito le pediría que nos escriba a través del siguiente formulario.

      Cordiales saludos

  86. Jaime dice:

    Estimado Pablo, junto saludar y dar las gracias de ante mano te comento; Soy chileno al igual que mi esposa y nos casamos en republica dominicana hace 1 mes como turistas (volvimos a chile). La consulta es, existe algún tiempo limite para validar el matrimonio celebrado en el extranjero en chile??

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Jaime,

      felicidades por su matrimonio!

      Respecto al plazo para tramitar la inscripción de matrimonio realizado en el extranjero, la respuesta es que no existe un plazo señalado en el DECRETO N°. 2.128 (REGLAMENTO ORGÁNICO DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL), pero desde un punto de vista práctico es aconsejable efectuar la inscripción tan pronto como sea posible. Sin embargo deben primero disfrutar de una larga luna de miel, luego vendrán los pasos burocráticos de rigor.

      Cordiales saludos

  87. Nataly dice:

    buenas tardes, mi nombre es nataly mi novio y yo somos venezolanos quisiéramos casarnos en Chile que necesitaría para que fuera legal ? ya que los dos iríamos como turistas.
    muchas gracias.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Nataly,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile y felicitaciones por sus planes de matrimonio en Chile!
      Para su tranquilidad usted con su novio en calidad de turistas, pueden sin problema alguno contraer matrimonio en Chile.
      Ambos se deben presentar ante el oficial de Registro Civil con sus pasaporte vigentes, al momento de manifestar su voluntad de querer contraer matrimonio y solicitar fecha y hora de la celebración.
      Al momento de la manifestación deben señalar el régimen patrimonial de bienes que pactarán en la celebración, ya que si nada dicen, la ley presume que optan por el régimen de sociedad conyugal.
      Los demás requisitos y formalidades para contraer matrimonio se los indicará el oficial civil al momento que ustedes se presenten para solicitar hora para el matrimonio.

      Cordiales saludos y espero la foto.

  88. Stephanie Robles dice:

    Eestimado:

    le agradezco mucho por aclarar nuestras dudas, sin embargo tengo una nueva consulta. Espero viajar el próximo verano a Nueva York y contraer matrimonio con mi novio, cumplimos todos los requisitos legales para hacerlo tanto en Chile como allá, pero me gustaría saber si para hacer el matrimonio válido en Chile se puede inscribir inmediatamente en el consulado de Chile en nueva york o debo inscribirlo al regresar a Chile en el Registro civil de Recoleta.

    De ante mano, muchas gracias.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Stephanie,

      felicitaciones por sus planes de matrimonio y gracias por participar en Derecho-Chile.

      Para que su matrimonio realizado en el extranjero tenga validez también en Chile, ustedes tienen dos posibilidades:

      1ro.- Presentarse en el Consulado Chileno en New York, y presentar los documentos que en el artículo he señalado.

      2do.- En Chile, necesita el certificado de matrimonio norteamericano, legalizado por el consulado de Chile de New York, el cual en Chile se debe legalizar en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

      No se preocupe respecto a la inmediatez de la realización de la gestión. Lo importante es realizarlo, disfrute de su luna de miel y espero la foto.

      Cordiales saludos

  89. Jacqueline dice:

    Hola pablo quiero hacer una pregunta soy dominicana y soy lesviana y mi novia es chilena. Como podemos ser para casarno porque en mi pasi nonse puede pero en chile si

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Jacqueline,

      muchas gracias por su consulta y felicitaciones por sus planes de matrimonio!
      Efectivamente en Chile se reconoce oficialmente la unión civil de parejas heterosexuales y homosexuales.
      Por lo que no habría problema alguno para que se realice en Chile la ceremonia, siempre y cuando cumplan con los requisitos. A saber, usted como extranjera, podrá firmar el acuerdo de unión civil, aún cuando no tengan residencia en Chile, siempre y cuando tengan su pasaporte vigente.
      Para ello deberán presentarse personalmente y solicitar fecha y hora ante el Oficial del Registro Civil, en caso de que no sea posible que Usted viaje a Chile, se podrá realizar la ceremonia a través de un 3ro, a saber con un mandato especial.
      Como usted ya lo ha mencionado las leyes de la República Dominicana no prevén el matrimonio de un mismo sexo. Lo que significa que no a va a ser reconocido en su país.
      Con mucho gusto le podemos ayudar con la redacción del poder especial, en caso de que lo necesite, para recibir un presupuesto gratuito le pediría que nos escriba a través del siguiente formulario.

      Le deseo las mejores de las suertes y espero foto del matrimonio!

      Cordiales saludos

  90. Paula dice:

    Estimado Abogado: una tia se caso en Chile. Para el 73 fueron exiliados y se fueron a vivir a Australia. Resulta que años despues se divorciaron…pero respeto de ese.matrimonio realizado en chile. Ahora quiere vender una propiedad heredada en chile pero no la dejan porque no esta divorciada en Chile. Ambos aun viven en Australia. Y no sabe donde estara su ex para pedirle algun tipo de autorización. ¿que podria hacer?

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Paula,

      muchas gracias por su consulta.
      Efectivamente el problema por el que está pasando su tía, a saber, cómo obtener el Divorcio si el cónyuge a demandar se encuentra en el extranjero, se ignora su paradero (domicilio actual) y además no ha dejado en Chile representante para asuntos judiciales ni extrajudiciales, es más común de lo que se cree.
      Ahora bien, la forma de solicitar el accionar del aparataje estatal a través de los Tribunales de Justicia para que el juez declare en definitiva la disolución del vínculo matrimonial que se encuentra terminado sin posibilidad alguna de reestablecer el vínculo matrimonial, es solicitando que se decrete el divorcio unilateral por cese de convivencia superior a tres años, solicitando además a que se nombre al demandado un defensor de ausentes para que asuma su representación en el juicio de divorcio unilateral.
      No obstante ello, se debe acreditar primeramente la ausencia del demandado, debiéndose dejar constancia de haberse acudido a todos los mecanismos que prevé la legislación para su notificación. Incluso recomendaría la notificación por avisos a que se refiere el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil. De todo ello deberá dejarse constancia en el proceso a fin de que quede consignado que se agotaron los medios para su ubicación y emplazamiento.
      Complementariamente a lo anterior, se debe solicitar informe a Policía Internacional, respecto a los registros de última salida del país con destino a Australia y que no registra entradas posteriores; sin olvidar la información o declaraciones de dos testigos en razón de lo dispuesto en los artículos 473 del Código Civil y 845 del Código de Procedimiento Civil, contestes en cuanto al hecho de la salida del país de la persona indicada con destino a Canadá, en donde se supone reside sin saberse su actual domicilio.
      En resumen le recomendaría que su tía intente de ubicar a su excónyuge para que ambos soliciten un divorcio de común acuerdo, ya que es más económico y rápido. En caso de que sea imposible se tendrá que realizar a través de un divorcio unilateral con solicitud de un defensor de ausentes.
      En ambos casos Derecho-Chile le puede ayudar, para recibir un presupuesto gratuito de un abogado experto en esta materia, le pediría que nos escriba a través del siguiente formulario.

  91. Brayan Segura dice:

    Una pregunta tengo 18 años recien voy a cursar mi 4to medio y mi novia tiene 17 pero a mitad de año cumpliria los 18 (aun cursando 4to medio) si nos casamos podriamos seguir estudiando? Como nos afectaria esto en los estudios? Hay algun derecho para terminar 4to medio casados? Gracias.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Brayan,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile y felicitaciones por sus planes de matrimonio!
      La nueva ley de Matrimonio Civil N° 19.947, establece en su artículo N° 5 numerando 3ro que la edad mínima para contraer matrimonio en Chile es de 16 años.

      En el caso particular de ustedes, por ser su polola menor de 18 y mayor de 16 años ella deberá contar con la autorización de los padres o de quien la ley estipule, conforme a lo señalado en los artículos 107 y siguientes del Código Civil.

      Además la normativa señala que se debe contar con el consentimiento de ambos, el que se otorgará al momento en que ustedes comuniquen a la oficina del Registro Civil su intención de contraer matrimonio.

      Eso respecto a los requisitos de capacidad para contraer matrimonio siendo uno de los futuros cónyuges menor de edad.

      Ahora bien respecto a la 2da parte de su consulta, a saber si existe impedimento para seguir estudiando, le respondo de forma breve: no existe impedimento alguno. Es más, no vea al estudio como una obligación sino como una oportunidad.

      El estudiar durante el matrimonio lo debe entender como una motivación extra para lograr la realización personal, profesional y laboral junto a la persona que usted ama. Ya que en definitiva serán ambos los que se beneficien de sus éxitos. Piense en todas las ocasiones que se ha sentido feliz con su polola y visualice en el futuro más alegría y felicidad. A través de los estudios construya un mañana más sano, tranquilo y dichoso con su amada. Es su vida Brayan, vívala como realmente lo desea.

      Cordiales saludos y espero la foto del matrimonio!

  92. Daniela dice:

    Mi novio y yo iremos de vacaciones a Estados Unidos y queremos casarnos en Las Vegas. Para poder tener el certificado, debemos primero obtener la licencia allá, pero esa parte ya la tenemos clara.
    Mi duda es acerca del proceso de legalización en Chile, pues en esta página se indica que debemos ir al consulado de Chile en EEUU a realizar el trámite y también habla de una forma de hacerlo directamente en Chile, pero no me queda clara.
    Lo pregunto pues al otro día de la boda nos vamos a San Fco y me gustaría evitar, que por falta de tiempo o descoordinación, nos quedemos sin poder hacer válida nuestra unión en Chile. Existe entonces una forma de realizarlo a la vuelta de nuestro viaje sin trámites allá?
    Agradezco sus comentarios.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Daniela,

      gracias por participar en Derecho-Chile y felicitaciones por sus planes de matrimonio!
      A propósito de celebrar la ceremonia del matrimonio en Las Vegas, este año renuevo mis votos justamente en Las Vegas.
      Respecto a su consulta, efectivamente tienen ustedes dos opciones para que su matrimonio realizado en Las Vegas sea reconocido de acuerdo a la ley de Matrimonio Civil chilena.
      La 1ra es que se acerquen al Consulado General de Chile en San Francisco y soliciten la inscripción del matrimonio en el Servicio de Registro Civil e identificación de Chile, a través del Consulado de Chile.
      El procedimiento en el Consulado es relativamente sencillo, a saber:
      • La solicitud de Inscripción Consular de Matrimonio debe ser presentada por al menos uno de los cónyuges que debe ser de nacionalidad chilena.
      • Enviar por email y en formato PDF a la Secretaria del Cónsul los siguientes documentos:
      • Formulario Sistema de Atención Consular (SAC) con la información correspondiente.
      • Certificado de matrimonio original emitido por una autoridad dentro de la circunscripción consular del Consulado General de Chile en San Francisco.
      • Traducción no oficial idioma castellano de dicho certificado.
      • Presentar cédula de identidad, pasaporte o certificado de Nacimiento del o los cónyuges chilenos.
      • Presentar pasaporte o licencia de conducir y certificado de nacimiento del cónyuge extranjero (cuando corresponda).
      Tengan presente que la inscripción del matrimonio puede realizarse con Separación Total de Bienes, Régimen de Sociedad Conyugal o Participación en las Ganancias. En el caso de que elijan Régimen Patrimonial de Sociedad Conyugal o de Participación en los Gananciales, ambos solicitantes deberán estar presentes y firmar ya que es un acuerdo entre ambas partes. Por el contrario si eligen el Régimen Patrimonial Económico de Separación de Bienes, basta con que sólo firme el solicitante. Por tanto, si se presenta solamente un solicitante a pedir la inscripción de matrimonio, el Régimen Patrimonial será automáticamente el de Separación Total de Bienes.
      Para finalizar el proceso el o los solicitantes deben pedir una cita a la Secretaria del Cónsul para firmar personalmente la inscripción y deberán traer todos los documentos en original y una copia. Los documentos originales serán devueltos a excepción del Certificado de Matrimonio original que será enviado a Chile para terminar el proceso de inscripción.
      La 2da posibilidad para que su matrimonio sea reconocido como válido en Chile consiste en que la licencia de matrimonio (en castellano) otorgado en County Clerk’s Office, Marriage Bureau, P.O. Box 551603, Las Vegas, NV 89155-1603, y luego se debe legalizar por el Consulado General de Chile en San Francisco. En nuestro país, a su vez, deberá ser legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y en el caso de que no le hayan dado la licencia de matrimonio en castellano y requiera de una traducción oficial, ésta debe solicitarse al Departamento de Traducciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. Luego podrá solicitar la inscripción del matrimonio en el Servicio de Registro Civil e identificación de Chile.

      Cordiales saludos y manden foto!

  93. Miriam Rodriguez dice:

    Mi novio es dominicano ,yo chilena ,el no esta divorciado aún ,,puede casarse conmigo sin estar presente y sin estar divorciado en su país?

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Miriam,

      muchas gracias por participar en el blog de derecho chileno.
      Le voy a responder de forma breve y esquemática sus dos consultas.
      Respecto a la primera parte: Sí, si se puede casar una persona, sin que sea necesario estar presente en el lugar, fecha y hora del matrimonio. La ley chilena permite que el matrimonio se pueda celebrar, a través de un mandato especial, en el cual se determina la persona con quien ha de celebrarse el matrimonio.
      Respecto a la segunda parte: Debe saber que el matrimonio realizado por su novio en la República Dominicana, aun cuando no lo haya inscrito en el Registro Civil, es válido. Por tanto, si el vuelve a contraer matrimonio en Chile sin haber obtenido el divorcio, estaría cometiendo bigamia.
      Le recomiendo que esperen hasta que el divorcio se haya dictado y que esté «firme». Con el término “firme” me refiero a que la sentencia debe contar con alguna indicación que acredite que la sentencia no haya sido recurrida por alguno de los litigantes. Luego, su novio (o su representante) deberá presentar en Chile, el certificado de matrimonio con la anotación del divorcio, el cual debe venir legalizado por el consulado y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Con ello se van a evitar varios dolores de cabeza.

      Les deseo las mejores de las suertes.

      Cordiales saludos

  94. Karla B dice:

    Hola abogado buenas tardes, quisiera consultarle mi novio es venezolano y yo boliviana, pero el es residente definitivo en Chile. Queremos casarnos pero tengo la duda si en Chile piden la carta de solteria.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Karla,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile y felicitaciones por sus planes de matrimonio.
      Le explico de forma general ya que Usted no me mencionó su calidad de extranjera en Chile:
      1ro Los extranjeros cualquiera que sea el título de residencia que tengan incluso los turistas, pueden contraer matrimonio en Chile.
      2do El extranjero que tenga residencia en el país deberá presentarse con su cédula de identidad para extranjeros otorgada por el Registro Civil de Chile.
      3ro En el caso de que el extranjero tenga el Estado civil de divorciado deberá presentar el certificado de matrimonio con la anotación del divorcio, el cual debe venir legalizado por el consulado y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
      4to El extranjero en calidad de turista deberá presentar su cédula de identidad o el pasaporte dependiendo de los convenios vigentes con Chile.
      Ahora bien respecto a su duda de la carta de soltería:

      En el momento que Ustedes dan a conocer o mejor dicho manifiestan, al Oficial del Registro Civil, su intención de contraer matrimonio. Ambos deberán señalar su nombre, lugar de nacimiento, su estado civil, si es viudo, el nombre de su ex cónyuge y el lugar y fecha de su muerte, su profesión u oficio, nombre de sus padres y de las personas cuyo consentimiento fuera eventualmente necesario (en el caso de que un contrayente sea menor de 18 años de edad).
      Además los contrayentes deberán asegurar que no poseen ningún impedimento o prohibición legal para contraer matrimonio en Chile.
      Finalmente, el Oficial del Registro Civil debe dejar constancia de ella en un acta que será firmada por él, por los contrayentes y por 2 testigos hábiles. Quienes señalan que los futuros contrayentes no tienen impedimentos o prohibiciones legales y que el domicilio o residencia por ellos aseverado es efectivo. Con lo cual se evita la solicitud de una carta de soltería en Chile.

      Espero haberle ayudado a aclarar su duda.

      Cordiales saludos y espero la foto del matrimonio.

  95. Lina dice:

    Primero quiero felicitarlo por su excelente labor, es un gusto leer su profesionales respuestas. Ahora mi pregunta es mi novio es chileno y yo colombiana, yo estoy casada en colombia y separada desde hace 10 años, mi pregunta es cuanto tiempo tengo para realizar el divorcio desde Chile para poder contraer matrimonio por lo civil en chile. Agradezco su amable información.

  96. Gene dice:

    Hola
    Tengo consultas, soy chilena y estoy comprometida con un brasileño, y queremos estar casados legalmente en los dos países, el tema es que en Brasil al contraer matrimonio la mujer tiene la opción de cambiar su nombre, por ejemplo, yo me llamo Nataly Ariel Zuñiga Manrique y mi prometido es de apellido paterno Souza, la mujer allá puede cambiar a Nataly Zuñiga de Souza, entonces mi consulta es que yo siendo chilena y casandome por el civil en Brasil rige para mi? Tengo la opción de cambiar el nombre? Acá en chile se acepta el cambio de nombre estando casada? Y si es así, se cambiaría el nombre en mi cédula verdad?

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Gene,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile, y aprovecho de felicitarla por sus planes de matrimonio internacional!

      De acuerdo a la ley chilena, específicamente la Ley N° 4.808 de 1930 sobre Registro Civil y Decreto con fuerza de ley N° 2128 sobre Reglamento orgánico de Registro Civil, los cónyuges al momento de contraer matrimonio, mantienen sus apellidos originales. Esto quiere decir que en Chile no existe un apellido de familia en común, no existe la posibilidad de optar por el apellido del cónyuge.

      Por lo que no será reconocido de forma automática tal cambio de apellidos, para ello tendría que solicitar por la vía judicial la rectificación en la partida de nacimiento, del cambio de apellidos.

      Espero haber ayudado a resolver su consulta.

      Cordiales saludos

  97. Pamela dice:

    Estimado Abogado:
    Soy amiga y vecina de una ciudadana española que actualmente se encuentra desamparada en Chile debido a que se casó en España con ciudadano chileno y luego de nacida su hija (que hoy tiene dos años) se vinieron a Chile. Su marido quedó en hacer el trámite y no ha hecho la legalización de ambas. Actualmente no sabe qué hacer para retornar a su tierra natal ya que él ha iniciado una nueva relación con chilena desde hace app. un mes.
    No cuenta con información, no sabe a quién acudir y quedó a merced de la voluntad de su marido.
    ¿Cuál es su consejo?
    Atte.
    Pamela – Amiga y Vecina

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Pamela – Amiga y Vecina,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      Como abogado no veo mayores dificultades para que su amiga y vecina, en forma personal, realice los siguientes trámites ante el registro civil: inscripción tanto del matrimonio (certificado de matrimonio lo puede adquirir en su consulado) e inscripción de su hija (certificado de nacimiento lo puede adquirir en su consulado).
      Con ello de acuerdo a la ley chilena ella podría exigir lo que le corresponde por ley, entre otros derechos, el de alimentos.
      Espero haberme dado a entender.

      Cordiales saludos

  98. sofia dice:

    Hola Buenas Noches Abogado Deseo Hacer Una Consulta.
    Soy Colombia Y Tengo Una Relacion De Hace 2 Años Con Un Chileno Y Queremos Casarnos El Estado En Chile Y Yo En Colombia Que Requisitos Necesitamos Para Porder Celebra El Matrimonio Gracias Por Su Antencio Espero Una Respuesta.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Sofía,

      felicitaciones por sus planes de matrimonio.
      Lo he explicado más de una vez, pero no es malo repetir la información: la ley chilena permite celebrar un matrimonio, aun cuando uno de los dos contrayentes no puede estar presente en el lugar, fecha y hora de la boda. Le recomendaría que leyera mi artículo: Matrimonio por poder, aquí se explica que sí es posible contraer matrimonio, esta modalidad de contraer matrimonio por poder, consiste en que una 3ra persona sustituye a uno de los contrayentes al momento de emitir su voluntad de querer contraer matrimonio. Esto a través de un mandatario especialmente facultado para ese efecto. En este caso el mandato deberá otorgarse por escritura pública y deberá contener, el nombre, apellido, profesión y domicilio de los contrayentes y el mandatario.
      En Derecho-Chile le podemos ayudar con la redacción correcta de dicho mandato especial.
      Para que su novio pueda recibir un presupuesto gratuito de un abogado de su región, le pediría que su novio nos escriba a través del siguiente formulario.

      Cordiales Saludos

  99. Jovita dice:

    Estimado abogado:
    Tengo una relacion hace 2 años con un marroqui, el quiere viajar para poder casarnos, hemos hecho todo para que el pueda venir, mande la carta de invitacion con los respectivos documentos y el los presento en la embajada de Chile en Rabat, pero ellos no quisieron dar la visa por tener poco dinero en su cuenta (el tenia cerca de 3 mil dolares). Mi pregunta es ¿podemos casarnos estando yo aqui en Chile y el en marruecos?
    Espero su respuesta ansiosa

    Gracias Jovita

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Jovita,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile y felicitaciones por sus planes de matrimonio.
      La ley chilena permite celebrar un matrimonio, aun cuando uno de los dos contrayentes no puede estar presente en el lugar, fecha y hora de la boda. Le recomendaría que leyera mi artículo: Matrimonio por poder, aquí se explica que sí es posible contraer matrimonio, esta modalidad de contraer matrimonio por poder, consiste en que una 3ra persona sustituye a uno de los contrayentes al momento de emitir su voluntad de querer contraer matrimonio. Esto a través de un mandatario especialmente facultado para ese efecto. En este caso el mandato deberá otorgarse por escritura pública y deberá contener, el nombre, apellido, profesión y domicilio de los contrayentes y el mandatario.
      En Derecho-Chile le podemos ayudar con la redacción correcta de dicho mandato especial.
      Para recibir un presupuesto gratuito de un abogado de su región, escríbanos a través del siguiente formulario.

      Cordiales Saludos

  100. Cami dice:

    Querido Abogado Soy Chilena Para Casarse Con Dominicano Que Uno Tiene Que Hacer & Cuales Son Los Requisitos Cuando Uno Se Casa Con Un Extrangero Que Requisitos Tiene El & Cuales Son Los Mios ?

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Cami,

      muchas gracias por su consulta y aprovecho para felicitarla por sus planes de matrimonio.
      Parto de la base que quiere contraer matrimonio en Chile y que su novio es soltero. De ser así, lo primero que deben hacer es acercarse a la oficina de Registro Civil de su domicilio y manifestar su intención de contraer matrimonio.
      Su novio deberá presentar su cédula de identidad vigente para extranjeros (en el caso de que su novio cuente con la residencia definitiva o temporal), o su pasaporte y tarjeta de turismo (en el caso de que no cuente su novio con la residencia). Usted por su parte deberá presentar solamente su cédula nacional de identidad vigente.
      Al momento de manifestar la intención de querer contraer matrimonio deberán señalar los nombres de dos testigos para la celebración de la ceremonia.
      No olvide además de señalar el Régimen Patrimonial de bienes que regirá durante el matrimonio, ya que si nada dicen, la ley presume que optan por el Régimen Patrimonial de Sociedad Conyugal.
      A saber, ustedes tienen las siguientes alternativas: Régimen de Sociedad Conyugal, Régimen de Participación en los gananciales, Régimen de Separación total de bienes.

      En el evento que su novio tenga el estado civil de divorciado deberá además presentar el certificado de matrimonio con la anotación del divorcio, el cual debe venir legalizado por el consulado y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
      En el caso de que su novio no se encuentre en Chile, puede llevarse a cabo el matrimonio a través de un poder de matrimonio especial.

      Cordiales saludos y espero la foto del matrimonio.

      • Andrés dice:

        Hola necesito información
        Yo soy colombiano y estoy casado en Colombia.pero quiero contraer matrimonio con una persona chilena lo puedo hacer o primero debo divorciarme en Colombia.
        Gracias

        • Abogada Isidora dice:

          Estimado Andrés,

          Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
          Respecto a su consulta, le respondo:
          El matrimonio celebrado en Colombia es válido en Chile, mientras haya cumplido con los requisitos de forma y de fondo de la ley colombiana (artículo 80 de la Ley N° 19.947 sobre Matrimonio Civil).
          Para efectos chilenos, y en conformidad al artículo 5 de la citada ley: no podrán contraer matrimonio los que se hallaren ligados por vínculo matrimonial no disuelto.
          Por esta razón, para poder contraer válidamente matrimonio en Chile, deberá divorciarse de su matrimonio actual.

          Espero haber aclarado su duda.

          Saludos

  101. Claudia dice:

    Estimado abogado, estoy casada en USA y actualmente vivo en Chile y quiero divorciarme para casarme acá en Chile. Tengo que ir a Estados Unidos para divorciarme o puedo hacerlos desde aquí, Mi pregunta es, si puedo divorciarme con un abogado chileno desde acá. Por favor me puede indicar cuales son los pasos a seguir.

    Saludos,

    Claudia

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Claudia,

      muchas gracias por su consulta y aprovecho para felicitarlo por haber tomado la sabia decisión de emprender como persona jurídica.
      Usted tiene 2 opciones:
      1ro.- Se divorcia en USA, lo cual lo puede hacer desde Chile, para ello deberá otorgar un mandato judicial especial de divorcio, que el colega estadounidense deberá enviar al consulado norteamericano en Chile, para que Usted lo firme. Una vez obtenida la sentencia norteamericana deberá, a través de un abogado chileno, solicitar ante la Corte Suprema chilena un exequátur, esto es, solicitar la homologación de la sentencia extranjera. En el caso de que la Corte Suprema acoga la solicitud de exequátur y ordena cumplir la resolución pronunciada en USA, la sentencia de divorcio dictada por el tribunal norteamericano tendrá en Chile la misma fuerza que si se hubieran dictado por un tribunal chileno.
      Sin embargo no debe olvidar que la Corte Suprema es soberano para determinar si se acoge o no la solicitud de exequátur. La regla general que conocemos los abogados de Derecho-Chile es que tratándose de sentencias de divorcio dictadas con anterioridad a la fecha de vigencia de la nueva Ley de Matrimonio (2004), es que no se le otorga efecto retroactivo a la nueva Ley de Matrimonio Civil y por tanto no es acogida la solicitud de exequátur.
      2do.- Inicio el juicio de divorcio en Chile, para lo cual se tendrá que notificar normalmente a su cónyuge en USA a través de exhortos internacionales. Esto lo podemos ahorrar en la medida que su cónyuge esté de acuerdo con el divorcio en Chile y otorgue mandato especial a un abogado en Chile, para así ahorrar tiempo y dinero.
      En ambos casos le recomendaría que se acerque a un abogado para así tener la certeza de constituir su empresa sin errores.
      En Derecho-Chile le podemos ayudar, espero que cuente con nosotros para comenzar el juicio de divorcio.
      Para recibir un presupuesto gratuito de un abogado de su región, escríbanos a través del siguiente formulario.

      Cordiales Saludos

  102. romina reyes dice:

    hola buenas tardes mi caso es parecido a otro mi novio dominicano y keremos casarns sin tener que viajar solicito su ayuda por favor

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Romina,

      muchas gracias por su consulta y aprovecho para felicitarla por sus planes de matrimonio.

      Para poderle ayudar, le pediría que por favor, nos cuente con más detalles sobre su situación en el formulario de consultas.

      De esa forma recibirá un presupuesto gratuito de un abogado de la región en que se llevaría a cabo el matrimonio a través de poder. Le dejo entonces elsiguiente formulario.

      Cordiales Saludos

  103. Hayde dice:

    Hola Dr. Gracias por ser tan atento en sus respuestas.
    Mi consulta: soy argentina residente y casada en Buenos Aires. Hace un tiempo que tengo una relación con un chileno residente en Santiago. En breve voy a viajar a Chile para rehacer mi vida. Necesito saber: estando casada y separada de hecho en Argentina, puedo hacer la unión civil con un chileno en Chile?
    Si o si, debo empezar la demanda de divorcio en Argentina? o puedo hacerla desde Chile.
    Que penas estipula la ley chilena si hago unión civil en Chile sin declarar que estoy casada en Argentina?
    Muchas gracias por anticipado.
    Hayde

  104. Andrea dice:

    Hola Abogado, mi consulta es la siguiente: soy Argentina y mi novio es Chileno, nos queremos casar pero no sabemos cómo hacerlo válido en ambos países. Muchas gracias

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Guillermina,

      muchas gracias por su consulta y aprovecho para darle una cordial bienvenida a nuestra plataforma online de asesoría jurídica especializada.
      Lamentablemente entre las Repúblicas de Chile y Argentina no existe tratado sobre cumplimiento de resoluciones judiciales pronunciadas en los respectivos países ni hay constancia sobre una posible situación de reciprocidad.
      Esto quiere decir que habrá que probar en Argentina a través de un exequátur que la ley chilena no se opone a la jurisdicción argentina para así acceder a la solicitud de exequátur.
      En el caso de que el tribunal argentino rechace la solicitud de exequátur habrá que iniciar un nuevo juicio de divorcio en Argentina

      Cordiales Saludos

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Andrea,

      muchas gracias por su consulta y aprovecho para felicitarla por sus planes de matrimonio.

      Le respondo brevemente, se pueden casar por ejemplo en Chile y luego inscribir el matrimonio en el consulado argentino o contraer matrimonio en Argentina e inscribir dicho matrimonio en el consulado chileno de dicho país.

      Además no olvide que en Chile existe la posibilidad de contraer matrimonio a través de poder. Esto en el caso de que Usted no tenga la posibilidad de venir a Chile para contraer matrimonio o incluso hemos logrado en Derecho-Chile el matrimonio doble a través de poder, es decir sin que ninguno de los contrayentes se encontraran presentes en Chile.

      Desde ya le ofrecemos nuestra asesoría y apoyo en sus planes de matrimonio a un bajo costo.

      Para recibir un presupuesto gratuito, escríbanos a través del siguiente formulario.

      Cordiales Saludos

  105. guillermina dice:

    Hola. Soy Argentina y me casé con un cubano, primero en Argentina y luego, como nos mudamos a Chile nos casamos nuevamente ahí.- Pasado un tiempo, nos divorciamos en Chile.- Para que ese divorcio tenga validez en Argentina, debo divorciarme nuevamente en Argentina o alcanza con realizar algún otro tipo de trámite?

  106. Vanessa dice:

    Buenas tardes Abogado Pablo:

    Tengo una duda y necesito orientación por favor.

    Mi marido y yo somo extranjeros, llevamos 1 año de casados, hace un mes inscribimos nuestro matrimonio en Registro Civil de Chile con regimen de repartición de bienes, no lo pudimos hacer antes por temas de carnet de identidad vencidos.

    Resulta que lamentablemente tuvimos problemas y ahora estamos decidiendo divorciarnos, mi duda es: que tramites debo hacer ahora?, donde debo ir?, tengo opción de viajar a Santiago para hacer los trámites, pero cuanto demoran? … Ninguno de los dos tiene bienes y tampoco tenemos hijos.

    Gracias por su ayuda y atención.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Vanessa,

      muchas gracias por su consulta y aprovecho para darle una cordial bienvenida a nuestra plataforma online de asesoría jurídica especializada.

      Precisamente para resolver problemas como el suyo, he creado este portal con abogados expertos en cada región de Chile.

      Le pediría que complete el formulario, en el cual usted debe señalar en qué región de Chile necesita asesoramiento jurídico, a un bajo costo.

      Para recibir un presupuesto gratuito, escríbanos a través del siguiente formulario.

      Cordiales Saludos

  107. Gaston dice:

    Hola
    Quisiera consultar, me case en Chile e inscribí mi matrimonio en el Consulado de España, luego me divorcie en Chile pero sigo casado en España. Como debo hacerlo para divorciarme en España.
    Agradeciendo de antemano
    Gastón

  108. Soledad dice:

    ¡Muchas gracias por tu paciencia para responder a cada persona que te escribe de forma tan amable, se nota que tienes vocación! Estoy gratamente sorprendida ya que llegué a éste sitio pensando que sería difícil que alguien resuelva mis dudas y te encontré XD
    Mi pregunta ya fue respondida (Me voy a casar con un inglés en el extranjero y según lo que leí depende de cada país los requisitos ¿Verdad?). Por lo tanto mi pregunta fue cambiada y es si los documentos que adjuntas en las respuestas están aún vigentes en el año 2015, específicamente la Solicitud de residencia temporaria por correo y Requisito de visa temporaria por primera vez, vínculo con chileno.
    Te agradezco nuevamente, qué tengas un lindo día Pablo.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Soledad,

      muchas gracias por su amable comentario y aprovecho para darle una cordial bienvenida a nuestra plataforma online de asesoría jurídica especializada.

      Respecto a la 1ra parte de su consulta, así es, dependerá de cada país los requisitos y respecto a la 2da parte, entiendo que los documentos señalados se encuentran vigentes.

      Le deseo un feliz matrimonio y no olvide estimada Soledad que en este mundo Usted no está sola.

      Cordiales saludos

  109. Karen dice:

    Buenas noches, mi consulta es: Soy chilena y me case en Noruega con un Noruego, ahora volvi a Chile y me quiero divorciar. Cuales son los pasos a seguir?
    Gracias

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Karen,

      muchas gracias por su consulta y aprovecho para darle una cordial bienvenida a nuestra plataforma online de asesoría jurídica especializada.

      Respecto de su consulta, me faltan antecedentes para darle una respuesta concreta, como por ejemplo, fecha de matrimonio, nacimiento de hijos, domicilio actual de ambos, etc.
      No obstante ello, en términos generales Usted tiene dos alternativas:

      1ra.- Iniciar un juicio de divorcio en Chile y a través de exhortos internacionales comunicarle a su aún actual cónyuge sus deseos de divorciarse.
      2da.- Iniciar un juicio de divorcio en Noruega y luego solicitar, a través de un exequátur, el reconocimiento de la sentencia en Chile.

      Desde ya le ofrecemos nuestra asesoría integral en ambos y en todo el proceso a un bajo costo.

      La regulación del servicio jurídico que Usted necesita y la forma de pago del servicio, se establece en un contrato de prestación de servicios que se redactará según el acuerdo económico que se adopte con el abogado en partícular.

      Para recibir un presupuesto gratuito, escríbanos a través del siguiente formulario.

      Cordiales Saludos

  110. Natalia dice:

    Buenas tarde mi pregunta es breve un amigo es chileno casado con una venezolana, ellos contrajeron matrimonio en chile pero actualmente viven en venezuela. Quiero saber si el tiene que viajar a su pais para solicitar su divorcio o lo puede solicitar en la embajada de chile. Tiene 2 años de separacion de cuerpos

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Natalia,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.

      Respecto de su consulta, no es necesario que su amigo tenga que viajar necesariamente a Chile para iniciar un juicio de divorcio, aún cuando éste se encuentre en el extranjero.

      Se procede de la siguiente forma: un abogado chileno debe enviar un mandato judicial especial para iniciar juicio de divorcio al consulado chileno en Venezuela. Su amigo se debe acercar al consulado para firmar dicho mandato, previo pago de las tasas consulares. En el consulado chileno van a reducir a escritura pública el mandato. Una vez firmado lo debe enviar al abogado en Chile por correo express. El abogado a su vez deberá deberá el documento autentificar en el Ministerio de Relaciones Exteriores y finalmente protocolizarlo en una Notaría. Una vez cumplidos estos pasos, el mandato queda legalizado y listo para que el abogado pueda iniciar los trámites en su nombre y representación.

      Entiendo que los cónyuges están en el extranjero, por lo que le recomendaría que ambos envíen los mandatos y así evitar notificaciones internacionales lo que significa mayores costos y tiempo.

      Derecho-Chile le puede ayudar a su amigo a realizar las gestiones pertinentes.

      Cordiales saludos

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Cristian,

      muchas gracias por su comentario y felicitaciones por sus planes de matrimonio.
      Su novia necesitaría pasaporte vigente.

      Cordiales saludos

  111. cristian jaraquemada dice:

    Saludos muy buena la información
    yo soy chileno y mi pareja es venezolana nos queremos casar en chile ella se puede casar con visa de turista lo leí en comentario anterior, la duda es que otros papeles se necesitan.
    Muchas gracias

  112. yosi dice:

    Hola abogado…mi pregunta es la siguiente..soy chilena y me case en argentina con un argentino. Hace 3años estamos separados y yo vivo en chile y tengo una pareja nueva con la cual nos queremos casar…tengo algun impedimento para hacerlo aqui en chile? Y como se si soy soltera aqui en chile o si figuro casada…nunca inscribi nada pero no se si mi ex pareja habra hecho algo!. Muchas gracias

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada,

      muchas gracias por su consulta.
      Mientras no se inscriba el matrimonio realizado en el extranjero ya sea en el consulado chileno del país en que se celebró el matrimonio o en Chile, Usted sigue siendo soltera en Chile.
      Para saber su estado civil en Chile debe solicitar un certificado de matrimonio con sus datos personales.
      Por nada del mundo le recomendaría contraer matrimonio en Chile sin antes finiquitar de forma legal su matrimonio anterior. Esto lo puede hacer tanto en Chile como en Argentina.
      En Chile 1ro debe inscribir el matrimonio y luego iniciar un juicio de divorcio.
      En Argentina puede directamente solicitar el divorcio y luego con la sentencia de divorcio en Chile puede a través de un exequátur en la Corte Suprema de Chile solicitar que se reconozca la sentencia en Chile.
      De esta forma estará divorciada en ambos países.
      En caso de alguna duda o necesite apoyo jurídico, en Derecho-Chile uno de los abogados expertos en la materia le podrá ayudar.

      Cordiales saludos

  113. Jorge Miranda dice:

    Soy Chileno y hace unos años me divorcie en Peru (ex esposa peruana) y luego me case con la que hoy es mi esposa, yo realizo divorcios aca en Lima y el tramite se hace en cualquier Municipalidad, bastan algunos requisitos que no son difíciles de cubrir y en 3 meses una pareja que tomo una mala decisión pueden estar felizmente divorciados.

    Ahora el asunto problemático es inscribir este divorcio aquí en Chile, aun no entiendo como un procedimiento tan sencillo en origen se puede complicar tanto, el reconocimiento de una sentencia extranjera (Exequatur) es un verdadero dolor de cabeza que toma mucho tiempo y dinero, por otro lado al ser el divorcio declarado por una Resolución de Alcaldía no creo que se considere Sentencia y por lo tanto al parecer no seria valida en Chile.

    Cual seria el procedimiento mas practico a seguir aquí en Chile? y no seria mejor que las autoridades corrigieran este tipo de procedimientos que solo entorpece la convivencia, si el matrimonio se inscribió en el Consulado de Chile en Lima, ¿No seria lógico? inscribir el divorcio en el mismo registro consular.

  114. francisca dice:

    Buenos dias abogado
    Tengo una pregunta, la verdad estoy muy confundida
    me case en Chile en el 2008 con un español, inscribimos nuestro matrimonio a través del consulado de España en chile, nos fuimos a vivir a España y nos divorciamos en el 2012 en dicho país,
    el caso es que sigo casada en chile, el no quiere firmar el mandato de mutuo acuerdo
    no tenemos hijos ni bienes en común

    yo estoy divorciada en España, puedo inscribir ese divorcio a través del consulado de España en Chile?

    quedo atenta a sus comentarios, desde ya muchas gracias

  115. vladimir dice:

    Estimado Pablo

    soy chileno vivo en chile tengo novia dominicana quiero casarme con ella ella vive aun en republica dominicana me pregunta es :

    1-si viajo a republica dominicana y me caso con ella legalizo papeles de casamiento en consulado chile en su pais –LA DEJAN ENTRAR A CHILE ?????
    NESECITA ALGUN TIPO DE VISA???

    2-puedo yo estando en chile casarme con ella que esta en dominicana???
    podra viajar a chile sin que yo valla a buscarla???

    desde ya muchas gracias

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Vladimir,

      gracias por participar en Derecho-Chile y felicitaciones por sus planes de matrimonio.
      Veamos sus consultas:
      1.- No veo la razón para que en Chile no dejen entrar a una extranjera. Ella perfectamente puede entrar en calidad de turista. Ahora bien si piensa ella quedarse por una estadía superior a los 3 meses debe solicitar la Visa temporaria «Visa temporaria para extranjero con vínculo con chileno». Aquí le dejo los requisitos y el formulario a completar para que lo vea y empiece a reunir los antecedentes.
      2.- Usted se puede casar con ella incluso sin la necesidad de que se encuentre en Chile. Esto a través de un poder especial. Nosotros nos hemos destacado con la redacción de este tipo de documentos incluso hemos por primera vez en Chile realizado un matrimonio doble con poder, es decir sin que ninguno de los contrayentes se haya encontrado en Chile.

      Debo agregar además que el Ministerio del Interior exige a los extranjeros de nacionalidad colombiana, peruana y dominicana que presenten un certificado de antecedentes judiciales vigente para cualquier solicitud.

      Espero que todo resulte de la mejor forma.
      Cordiales saludos y le deseo un exitoso 2015 en pareja!

      • carla dice:

        Hola abogado necesito q me ayude con la siguiente información mi novio y yo estamos de paseo en chile yo soy ecuatoriana y el colombiano y queremos casarnos es posible casarnos en Chile…?

        • Abogado Pablo dice:

          Estimada Carla,

          muchas gracias por su consulta y felicitaciones por sus planes de matrimonio entre extranjeros en Chile!

          Independiente de que tengan o no algún título de residencia, bastaría con la sola calidad de turista para contraer matrimonio en Chile.

          Entonces debemos distinguir si tienen residencia en Chile o no.

          1.- En el caso de que alguno de ustedes tenga residencia en Chile deberá presentarse con su cédula de identidad para extranjeros otorgada por el Registro Civil de Chile; si es divorciado debe presentar certificado de matrimonio con la anotación del divorcio, el cual debe venir legalizado por el consulado y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

          2.- En el caso de que ninguno de ustedes tengan algún título de residencia, es decir, solo sean turistas, deberán presentar cédula de identidad o el pasaporte dependiendo de los convenios vigentes en Chile.

          Cordiales saludos y esperamos sus fotos de matrimonio.

  116. Andrea dice:

    Soy Chilena y mi pareja es Chileno reside en EEUU,por motivos de trabajo el no puede viajar a Chile, pero queremos casarnos, la única opción es hacerlo en EEUU, mi consulta es si podre tener visa de residencia cuando viaje al estar casada, o cuales son los tramites a efectuar.
    De antemano muchas Gracias
    Andrea.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Andrea,

      muchas gracias por su consulta y felicitaciones por sus planes de matrimonio.

      Le recomendaría que leyera el siguiente artículo que ha ayudado ya a cientos de personas, «Matrimonio por poder«.

      Bajo esta modalidad tienen la posibilidad de que Usted y su pareja contraiga matrimonio en Chile a través de un poder especial y así tramitar su visa de residencia desde Chile.

      Hemos realizado mas de 200 matrimonios bajo esta modalidad, en caso de que tenga alguna duda, por favor escríbanos, a través del formulario de contacto.

      Cordiales saludos.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Soledad,

      antes de responder, ¡felicitaciones por su matrimonio!

      No existe diferencia jurídica si registra su matrimonio a través del consulado chileno en Perú o si lo hace directamente en Santiago.

      En este último caso, van a necesitar el certificado de matrimonio peruano legalizado por el Consulado de Chile, y una vez ya estando en Chile debe estar legalizado dicho certificado de matrimonio por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

      Mientras que si se inscribe en Perú a través del consulado chileno, se ahorra una tramitación que es bastante engorrosa.

      Por ello la diferencia es más bien de comodidad que jurídica.

      Cordiales saludos

  117. soledad dice:

    hola, una pregunta breve soy chilena y me case en peru, nos iremos a vivir a chile en dos meses mas , mi pregunta es que sugiere en cuanto a legalizarlo aqui en peru o hacerlo en chile.
    de antemano muchisimas gracias

  118. Mónica dice:

    Hola Pablo,
    Con mi novia (pareja lesbiana) queremos casarnos en Nueva York próximamente, pero vivimos en Chile. Entiendo que allá no es como en Chile que te dan a escoger: sociedad conyugal, separación de bienes o participación de los gananciales. Existe algo llamado acuerdo pre nupcial donde se especifica la división de bienes y propiedades, pero es un trámite complejo, se debe realizar con abogados y es bastante caro.

    Mis preguntas son: Si lamentablemente nos divorciáramos o nos separáramos:

    – ¿Cómo afectaría aquí en Chile a mis bienes patrimoniales?
    – ¿Existiría alguna posibilidad de demanda de esos bienes?
    – ¿Si en Chile se llegara a legalizar el matrimonio homosexual, se podría inscribir el matrimonio aquí con separación de bienes al igual como lo hacen los matrimonios heterosexuales oficiados en el extranjero?

    Muchas gracias.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Mónica,

      felicidades por sus planes de matrimonio y ¡para qué decir en qué ciudad!

      Su matrimonio que se celebrará en conformidad con las leyes del Estado de New York, produciría en Chile los mismos efectos que si se hubiere celebrado en territorio chileno, siempre que se trate de la unión entre un hombre y una mujer. Por tanto, al haber identidad se sexo su matrimonio no será nulo en Chile sino que más bien inexistente, es decir, no se les estimarán casados para ningún efecto legal, y esto sin necesidad de que ello sea declarado por autoridad judicial alguna.

      Por tanto no habría nacimiento de los derechos y obligaciones entre cónyuges a partir del matrimonio. Ni tampoco existiría posibilidad alguna de demandar bienes entre la pareja, ya que a la luz de la legislación chilena, no existe relación alguna.

      Ahora bien respecto a la última consulta, la Comisión de «Constitución, Legislación y Justicia» del Senado aprobó el pasado 05 de Agosto, el llamado «Acuerdo de Vida en Pareja» (AVP), un proyecto de ley que permite, entre otras cosas, la unión civil de parejas homosexuales. Lo cual es un avance para terminar con la discriminación sexual en el país. Sin embargo, aquí hay dos temas a considerar:

      1ro.- Las leyes rigen para el futuro por regla general, es decir, no es normal que tenga una aplicación retroactiva. Con ello quiero decir que aún cuando entre en vigencia la ley, su matrimonio se realizaría antes y por tanto no se incluiría su caso.

      2do.- Una unión de parejas (que se quiere instituir en Chile) es muy distinta a la institución del matrimonio, desde el punto de visto de la naturaleza jurídica, por ello no veo una voluntad plena de los políticos para aceptar en su totalidad, por ejemplo, el reconocimiento de matrimonios celebrados en el extranjero.

      Estimada Mónica, le deseo un feliz matrimonio y no se olvide de mandarme una foto!

      Cordiales saludos

      • Mónica dice:

        Pablo, agradezco mucho tu tiempo en responderme en forma tan profesional y tan bien fundamentadas mis dudas.

        Creo que la labor que haces es fantástica, pero además tu comprensión y apoyo a las parejas del mismo sexo habla de tu excelente calidad humana.

        Muchas gracias.
        Un abrazo.

  119. Daniel V. dice:

    Estimado Abogado mi consulta es la siguiente:
    yo soy chileno soltero y mi novio (pareja GAY) es norteamericano, queremos casarnos en argentina, por lo que tengo entendido en chile seguiré siendo soltero ya que no es legal acá en chile, pero el puede legalizar nuestro matrimonio en estados unidos para que podamos vivir aya como pareja casada? el vive en miami.
    lo otro es como puedo saber los requisitos para poder celebrar el matrimonio en argentina para después legalizarlo aya?
    muchas gracias.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Daniel,

      muchas gracias por participar en mi blog y felicitaciones por sus planes de matrimonio.

      Como bien dice Usted, su matrimonio no será reconocido en Chile, ya que en Chile se define al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer.

      Ahora bien es tarea de su pareja el solicitar información en el Estado de Florida sobre reconocimiento de matrimonio realizado en el extranjero. Independiente de la información específica que le van a dar, lo más seguro es que necesitarán de un certificado de matrimonio otorgado por la autoridad competente en Argentina, el cual deberá contar con las legalizaciones del caso, traducción y por último una certificación de la embajada americana en Argentina de dicho documento para que así tenga plena validez en los EEUU.

      Creáme Daniel que lo apoyo, no solo como abogado sino como persona que forma parte de la sociedad civil, veo la necesidad de un reconocimiento jurídico igualitario para las parejas del mismo sexo en partícular y en general un reconocimiento a la diversidad.

      Cordiales saludos

  120. Loren dice:

    Muchas gracias por el espacio que ha creado.
    Abogado, mi pregunta es la siguiente:
    Soy chilena y la segunda semana de enero viajaré a casarme con un egipcio de aquel país. ¿Qué papeles o documentos son los que debo llevar a Egipto para poder casarme y validar dicho acto? Es necesario que él me envíe algún documento desde Egipto?. Espero pueda responder mi inquietud, muchas gracias.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Loren,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.

      A menudo recibo este tipo de preguntas en donde se me consulta por los requisitos para contraer matrimonio en el extranjero.

      La respuesta es y será siempre la misma, ésto depende de cada país en cuestión. Cada país puede establecer los requisitos y la documentación que estimen necesarios para la celebración de un matrimonio en su territorio.

      Por ello, siempre señalo que el novio o novia que se encuentre en el extranjero debe preocuparse por dicha tramitación. No obstante ello, de acuerdo a mi experiencia, le puedo asegurar que la mayoría de los países exige un «certificado de soltería», el cual no existe en nuestro país. Para cumplir con este requisito, se deben presentar por lo menos 2 a 3 declaraciones juradas tanto de testigos como la suya propia que señalen que su estado civil es soltera.

      Cordiales saludos y felicitaciones por sus planes de matrimonio!

  121. Felipe dice:

    Hola, una consulta breve. Soy soltero y me gustaría saber si casarse de manera «simbolica» en las vegas es vinculante de alguna manera en Chile.
    Muchas gracias

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Felipe,

      muchas gracias por su consulta, si me permite decirlo de alguna forma, una consulta romántica.

      Debe tener claro mi estimado dos cosas:

      La 1ra es que una ceremonia de matrimonio de orden netamente «simbólica» no tiene valor legal alguno ni ante el Estado ni ante la iglesia.

      La 2da es que un matrimonio realizado en las Vegas en donde existe una capilla, un testigo que lo conoce en el altar, flores de utilería, un cantante que se parece a Elvis, sí tiene validez legal.

      A saber, una validez legal en los EEUU y para que tenga validez en Chile se debe inscribir éste en el consulado chileno en los EEUU o directamente en Chile, para ello necesita el certificado de matrimonio extranjero legalizado por el consulado chileno en Las Vegas y legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Sin embargo por experiencia como abogado le sugiero que lo piense bien antes de dar un paso tan importante.

      Ahora bien mi estimado si Usted y su novia deciden tener un matrimonio simbólico también en Chile, pueden contar conmigo como Oficial Civil.

      Cordiales saludos y que tengan una perfecta luna de miel simbólica.

  122. Marta dice:

    Hola, solo quería felicitarlo por sus artículos, son muy interesantes y de fácil comprensión para el común de la gente, saludos cordiales.

  123. Geovanna M. dice:

    Estimados,
    Quisiera hacer una pregunta. Soy ecuatoriana y me voy a casar por lo civil con un chileno, en Chile, y quisiera saber 2 cosas:
    1.- El matrimonio será válido en ecuador automaticamente o debo hacer algun papeleo en la embajada de Ecuador, para que sea válido?
    2.-Actualmente la empresa para la que trabajo ue es chilena, está tramitando mi visa de trabajo. ¿si me caso en chile, en la VISA de trabajo, se verá reflejado mi estado civil?
    Mil gracias de antemano por su gentil ayuda.
    Saludos cordiales,
    GM

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Geovanna,

      muchas gracias por su consulta y felicitaciones por sus planes de matrimonio.

      Le respondo de forma breve:

      1.- El matrimonio realizado en Chile para que tenga efecto en Ecuador, por lo que tengo entendido, no opera automáticamente. Por lo que tendrá que presentar los papeles (certificado de matrimonio) en el consulado ecuatoriano, para solicitar la inscripción.

      2.- En el documento de solicitud de visa se pide completar esa información sin embargo en la visa no aparece.

      Espero haberle ayudado,

      Cordiales saludos

  124. Natalia dice:

    Estimado Pablo, le presento mi situacion, soy Chilena viviendo en Usa hace 12 anios, me case en Chile con un cubanoamericano hace 12 anios, nos vinimos a Usa y nuestro matrimonio fue legalizado aqui, tenemos 2 hijos en comun, nos divorciamos en sep del 2013 aqui. El se caso nuevamente en diciembre del 2013 en Cuba y esta haciendo todos los tramites legales necesarios para traer a su nueva esposa a Usa. Mi pregunta es la siguiente, el nuevo matrimonio de el es legalmente valido si en Chile nunca nos hemos divorciado?.
    Si no es valido, de que manera puedo hacer efectivo mi divorcio en Chile viviendo en el extranjero?

    De ante mano, muchisimas gracias.

    Natalia

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Natalia,

      muchas gracias por exponer su caso en Derecho-Chile.
      En forma breve le doy dos alternativas que tiene para resolver su situación de divorcio.
      1ra.- A través de un procedimiento especial que se llama «Exequátur». Con ello se solicita a la Corte Suprema de Justicia que la resolución librada por el tribunal de USA, es, tenga también cumplimiento en Chile.
      La primera resolución que dictará la Corte Suprema, luego de examinar y aprobar los documentos que se deben acompañar (no debe oponerse al orden público chileno ni haber sido obtenidas con fraude a la ley), será que se notifique a la parte contra la cual se invoca la sentencia en el extranjero, esto es a su aún marido, a través de un exhorto. Para poder efectuar este trámite de la forma más expedita, necesitaríamos que tanto Usted como su ex (aún)-marido nos den poder a través de mandatos judiciales, para así poder actuar en representación de ustedes ante la Corte Suprema. En el caso que la Corte Suprema acoga el exequátur, se pedirá su ejecución al Tribunal de Familia competente que debiése haber conocido del asunto si se hubiése promovido en Chile.

      2do. A través de una solicitud de divorcio. Dada su situación no creo que sea complicado obtener un acuerdo para ello de su ex-marido, por lo que le recomendaría solicitar un divorcio de común acuerdo en Chile. Para poder asumir su representación necesitaríamos de parte de Ustedes mandatos judiciales firmados ante el cónsul chileno (para evitar el viajar a Chile) más una serie de documentos para la etapa probatoria del juicio.

      En ambos casos arriba mencionados requiere el patrocinio de un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión. Derecho-Chile por supuesto le puede ayudar en esta materia.

      Cordiales saludos

  125. Daniel V. dice:

    Abogado si soy hombre y me casó con otro hombre en Estados Unidos es válido eso acá en Chile o si me vuelvo a Chile seré soltero???
    saludos

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Daniel,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.
      En una sentencia que he transcrito en mi blog, que se trata justamente de su pregunta, responde su consulta, le dejo el link.
      Resumen: una pareja homosexual solicita ante el Registro civil la inscripción del matrimonio celebrado válidamente en el extranjero, lo que les fue denegado. Los afectados recurren de protección señalando que negar la posibilidad de contraer matrimonio o de inscribir un matrimonio celebrado válidamente en el extranjero, por su condición sexual, constituye un atentado al derecho a la igualdad consagrado por el N° 2° del artículo 19 de la Constitución, por lo cual solicitarón a la Corte declarar arbitrario el actuar de la oficial civil y solicitaron que se restablezca el imperio del derecho. Lo cual fue rechazado por la Corte Suprema.
      Al no ser reconocido su estado civil de casado, seguirá siendo el de soltero para todos los efectos legales en Chile, ésto aún cuando no existe un certificado para acreditar este estado civil.
      Don Daniel, me imagino que debe saber que Chile aún lamentablemente no firma la Convención interamericana contra toda forma de discriminación e intolerancia y, actualmente, sigue sin tener una legislación que regule la convivencia de las parejas de igual o distinto sexo. Espero que la clase política chilena sea más tolerante y apoye el reconocimiento de derechos hacia las minorías sexuales.

      Cordiales saludos

  126. Milena dice:

    Hola quiciera saber como anular un matrimonio que fue en china yo soy chino y estoy en chile mi esposa esta en china no tenemos hijos si yo estoy en chile como puedo anular el matrimonio sin viajar a china.

    Saludos

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Milena,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.

      Le respondo derechamente, para iniciar el divorcio en Chile debe estar primeramente inscrito el matrimonio celebrado en el extranjero. Luego entendiendo que su cónyuge está de acuerdo con iniciar el juicio, debe firmar ante el cónsul chileno en China un mandato judicial o poder judicial, para que un abogado pueda asumir la representación de ella en todos los trámites relacionados con el divorcio.

      Derecho-Chile le puede ayudar enviando dicho documento legal que debe ser redactado por un abogado, en el cual debe constar los siguientes antecedentes: nombre completo, nacionalidad, dirección, rut, profesión u oficio y de igual forma los antecedentes de su cónyuge. En caso de que quiera contratar nuestros servicio, por favor póngase en contacto a través del formulario de contacto.

      Cordiales saludos

  127. jimena dice:

    Buenos dias abogado: mi consulta es la siguiente: mi esposo se fue al extranjero, estando casados por la ley civil y de la iglesia. Nuestro matrimonio esta vigente, vivimos juntos hasta el dia que se fue. Intenté anularlo cuando supe que tenia otra persona, pero es muy engorroso y caro. El se caso en el extranjero con otra chilena que supongo tiene residencia pues vive hace muchisimos años alla. Quisiera saber cual de las 2 tiene los derechos legales en el caso que a él algo le suceda (ya sufrio un accidente) tanto en Chile como en el país en que se encuentra o cuales son mis derechos y obligaciones matrimoniales . El nunca ha querido tocar el tema de la nulidad o divorcio. Me ayuda con la mantencion de nuestros hijos, pero yo no recibo ningún beneficio, es más, ante la ley sigo casada y eso me limita y perjudica ante cualquier beneficio al que pueda optar. Agradezco si puede aclarar estas dudas y la orientacion que pueda darme.
    Saludo cordialmente a ud.

    • Estimada Jimena,

      lamento mucho la situación por la que está pasando.

      1ro.- Con la promulgación de la Nueva Ley de Matrimonio Civil en el año 2004, se eliminó la causal de nulidad por incompetencia del oficial del Registro Civil (que consistía en la falacia de decir que se habían casado en una comuna que no correspondía, lo cual se probaba con 4 testigos). Siguen existiendo otras causales de nulidad que se encuentran reguladas en el artículo 48 de la Ley de Matrimonio Civil, las cuales dicen relación con error en la voluntad del contrayente y cuando el matrimonio fuere celebrado en contravención al artículo 17, que en realidad no vienen al caso.
      En consecuencia, para terminar la relación matrimonial le recomiendo doña Jimena, que vea la posibilidad de un divorcio unilateral ya que por lo que Usted señala no hay acuerdo de ambos cónyuges.
      2do.- Mientras no se dicte sentencia de divorcio, Usted tiene todos los derechos y obligaciones que implica el estar casados.
      3ro.- Al momento en que su marido inscriba en Chile o en el consulado chileno del país en que se encuentra, su (segundo) matrimonio estaría el cometiendo bigamia.
      4to.- Usted no se encuentra sola, existen alternativas gratuitas para iniciar el proceso de divorcio unilateral y así de ésta forma alivianar la carga que le ha significado, a saber:

      Fundación Pro Bono
      Fundación de la Familia
      Corporación de Asistencia Judicial correspondiente a su domicilio.

      Espero que le haya podido ayudar a resolver sus inquietudes.

      Cordiales saludos

  128. Sandra dice:

    Estimado, buenas tardes, quisiera consultar lo sgte. mi pareja (chileno) contrajo matrimonio en el extranjero y lo valido a través del consulado, ahora esta separado y me gustaría saber como se puede anular dicha validez ya que ademas nunca inscribió el matrimonio en el registro civil aquí en Chile solamente lo legalizaron en el consulado.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Sandra,

      Muchas gracias por participar en mi blog.

      En el momento en que se registra el matrimonio en el consulado chileno en el extranjero, el matrimonio pasa a tener validez automáticamente en Chile, sin necesidad de registrarlo personalmente en el Servicio de Registro Civil e Identificación. Por tanto, para que el matrimonio registrado en Chile deje de tener validez se debe iniciar un juicio de divorcio en Chile o a través de una solicitud de exequátur. Esto a grandes rasgos, ya que al no tener los antecedentes a la vista, es muy difícil dar una apreciación más detallada.

      Sin embargo, espero que le haya podido ayudar a resolver su duda,

      Cordales saludos.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Valeska,

      felicitaciones por sus planes de matrimonio y muchas gracias por participar en Derecho-Chile.

      1°.- Su novio en Chile, puede contrarer matrimonio, independiente del título de residencia que tenga o si sólo es turista.

      La diferencia radica en que si novio tiene residencia en Chile deberá presentarse con cédula de identidad otorgada por el Registro Civil de Chile; por el contrario si sólo es turista, su Novio deberá presentar el pasaporte vigente.

      2°.- Si Usted o su novio se encuentra divorciado deberá presenta certificado de matrimonio con la anotación del divorcio, en el caso que se haya llevado en el extranjero el divorcio deberá estar legalizado por el consulado y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile y si viene en idioma diferente al castellano deberá estar traducido por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

      Además Valeska debe saber que es posible llevar a cabo el matrimonio a través de poder, hemos realizado con éxito este tipo de matrimonio, incluso con poderes dobles, es decir sin la presencia física de ningún contrayente.

      Espero que le haya podido ayudar a resolver su duda,

      Cordales saludos.

  129. Valeska. dice:

    Hola estimado Abogado buen artículo.

    Tengo la siguiente duda, estoy divorciada hace cuatro años, actualmente tengo una relación a distancia con un noruego, tenemos la idea de casarnos mi duda es podemos casarnos si él no ha vivido en Chile solamente ha pasado meses en el país? se pide algún requisito especial para poder casarse con un extranjero en Chile?

    Saludos.

  130. Carla dice:

    Buenos Días
    Quisiera saber si la inscripción de matrimonio realizado en el extranjero, se realiza únicamente en el registro civil de santiago centro o ¿podría realizarlo en cualquier otro registro civil del país?

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Carla,

      muchas gracias por participar en mi blog.

      De acuerdo a lo señalado en el N° 3 del artículo 4° de LEY No. 4.808 SOBRE REGISTRO CIVIL (Publicada en el Diario Oficial N°. 15.595, de 10.02.30),

      «3. Los matrimonios celebrados fuera del país por un chileno con un extranjero o entre dos chilenos, se inscribirán en el Registro de la Primera Sección de la comuna de Santiago. Para efectuar esta inscripción, cualqiera de los contrayentes remitirá, debidamente legalizados, los antecedentes que correspondan, al Ministerio de Relaciones Exteriores. Este Departamento verificará la autenticidad de los documentos y los enviará al Conservador del Registro Civil, quien dispondrá la inscripción en el Registro correspondiente; y..»

      Es decir, necesariamente se deben efectuar dichas inscripciones en el Registro de la Primera Circunscripción de la comuna de Santiago.

      Espero que le haya podido ayudar a resolver su duda,

      Cordales saludos.

  131. Jacqueline S. dice:

    hola abogado,
    me case en tunez ciudad de tozeur y como hago para legalizar en chile mi matrimonio ya que en este pais no hay consulado de chile.

    Saludos

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Jacqueline,

      muchas gracias por participar en mi blog.

      En su caso, a falta de un funcionario consular chileno en la República Tunecina, será necesario el atestado de un agente diplomático o consular de una nación amiga de Chile, el cual debe estar acreditado en la República Tunecina. En este caso, se certificará la firma por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores del país a que pertenezca el agente o del Ministro Diplomático de dicho país en Chile, y además por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República en ambos casos.

      Espero que le haya podido ayudar a resolver su consulta,

      Cordiales saludos y suerte.

  132. PANCHA dice:

    Estimado Abogado, tengo un grave problema, me separé no legalmente hacen 2 años. Fuí a pasear a las vegas con un pololo chileno que tiene ciudadanía norteamericano y vive allá. En un acto de alcoholismo absoluto me casé en las vegas estando casada acá en chile. Que hago para validar mi matrimonio gringo? ya inicié mi divorcio con mi ex. Gracias y saludos

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Francisca,

      muchas gracias por participar en mi blog.

      Le respondo de forma breve.

      Al momento en que se inscriba en Chile o en el consulado chileno en los EEUU su (segundo) matrimonio y aún la sentencia de divorcio no se haya dictado, Usted estaría cometiendo bigamia.

      Espero que me haya explicado de forma clara.

      Mucha suerte, cordiales saludos

  133. jordis dice:

    Saludos abogado. Soy dominicano y me case por lo civil con una ciudadana chilena en mayo del 2013, y desde esa fecha ella jamas a vuelto, tenemos contactos casi a diario pero ella desde septiembre dice q ya no me quiere y q no vuelve mas aunque en diciembre me dijo q aun me amaba y q no ah podido venir por q esta muy ocupada. El caso es q llevo esperandola mas de 8 meses. Y ella dijo por ahi q jamas volvera y ami aveses tambien me lo dice y me canse de esta situacion. Y ella dice q nuestro matrimonio en chile no es valido q yo me la arregle como pueda aqui. Y quisiera saber si es verdad eso. Y que deberia hacer para lograrme divorciar.

    De antemano muchas gracias

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Jordis,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.

      Le respondo: mientras Usted no se acerque con un certificado legalizado de matrimonio emitido por la autoridad nacional de la República Dominicana pertinente a la Sección Consular de Chile, el matrimonio no tendrá reconocimiento alguno en Chile, sin embargo una vez que Usted lo inscriba, el matrimonio será reconocido y tendrá validez en Chile.

      Ahora bien, como le he ya mencionado el certificado que debe presentar en el consulado chileno debe estar legalizado, para ello debe ser llevado a la oficina central de registros (Oficina Central del Estado Civil) en la comisión electoral (Junta Central Electoral) de Santo Domingo para ser legalizados verificándolo contra los records duplicados que ellos mantienen allí.

      Respecto al divorcio, una vez que el matrimonio también se encuentre en Chile inscrito, Usted tiene tres posibilidades podrá iniciar el divorcio:

      1ro.- Inicia un juicio de divorcio en su país y una vez que obtenga la sentencia de divorcio, puede solicitar a través de un exequátur, que la Corte Suprema de Justicia chilena reconozca el cumplimiento, en Chile, la resolución librada por el tribunal extranjero. Ahora bien, la regla general en materia de Exequátur es que, a falta de un tratado internacional, se dé, a las resoluciones procedentes de un país extranjero, la misma fuerza que, en él, se da a los fallos pronunciados en Chile, de tal modo que, si la resolución procede de una nación en la que no se da cumplimiento a los fallos de tribunales chilenos, la de ese país no tendrá fuerza en Chile.

      En los demás casos, las resoluciones extranjeras tendrán, en Chile, la misma fuerza que si hubieran sido dictadas por tribunales chilenos, siempre que reúnan determinadas condiciones.

      2do.- Inicia un juicio de divorcio en Chile y procede a realizar lo arriba señalado.

      3ro.- En el evento en que no exista un reconocimiento de la sentencia de divorcio dictado por un tribunal, deberá iniciar un 2do juicio de divorcio en el país que haya desconocido ésta.

      Espero que le haya podido ayudar, cordiales saludos

  134. Pablo A dice:

    Estimado Pablo,
    muy buen artículo. Yo soy argentino y mi esposa ecuatoriana. Ambos residimos legalmente en Chile (ella con visa permanente, yo con temporaria). Nos casamos en Eslovenia recién, y queremos saber qué necesitamos para validar nuestro matrimonio en Chile. Ninguno de nosotros es chileno.

    Saludos!
    P

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Pablo,

      muchas gracias por tu comentario.

      La inscripción que deben realizar los extranjeros, que han contraído matrimonio en el extranjero con un ciudadano también extranjero (no chileno) se debe realizar en la Oficina de Registro Civil e Identificación de la Circunscripción de Santiago, en los denominados Registros «NER» (sigla que viene a significar: «Nacionalizado» y «Extranjero Residente»).
      Vamos al grano Pablo, deberás presentar los siguientes documentos:

      • Certificado de Matrimonio que pretenden inscribir, legalizado, y debidamente traducido, en el caso de que haya sido extendido en otro idioma distinto al español.

      • Cédula de Identidad para Extranjeros vigente, en donde conste la Permanencia Definitiva o la Visa de Residencia.

      En caso de duda, El funcionario del Registro Civil podrá requerir ya sea la Carta de Nacionalización, o el Certificado de Permanencia Definitiva o de Visa vigente, según sea el caso, los cuales deben haber sido otorgado por el Ministerio de Interior.

      • Además siendo el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, el Organismo competente, respecto a la situación de extranjeros residentes en Chile y nacionalizados, el Servicio de Registro Civil se reserva el derecho a solicitar, previo a la Inscripción, cualquier antecedente que estime necesario para resolver acerca de la situación actual de residencia del extranjero o nacionalizado requirente.

      Estimado Pablo, les recomendaría ante alguna duda o simplemente para mayor información que se acerque a consultar en la Oficina del Registro Civil de Santiago, ubicada en Calle Huérfanos 1570, 2° Piso, Fono 698 2546.

      Cordiales saludos

  135. Felipe dice:

    Estimado,

    yo me case en Las vegas, Estados Unidos y quiero validar mi matrimonio en Chile.

    me puedes indicar los pasos a seguir.

    saludos.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimado Felipe,

      ante que todo ¡felicidades por su matrimonio!
      Muchas gracias por participar en Derecho-Chile.

      Para que su matrimonio tenga validez en Chile, Usted tiene dos posibilidades:

      1ro. Directamente en Chile: Para ello debe solicitar en el correspondiente “Registro Civil” del Estado de Nevada el certificado de matrimonio, éste debe estar certificado por la autoridad local competente y luego debe legalizar dicho documento en el correspondiente Consulado de Chile. Una vez que se encuentre en Chile debe legalizar dicho documento en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

      2do. Directamente en USA: Para ello debe presentarse en el Consulado General de Chile en San Francisco y cumplir con los siguientes requisitos y además presentar los siguientes documentos:

      • Pasaporte o cédula de identidad vigente.

      • Presentar certificado original e internacional de matrimonio otorgado por las autoridades locales competentes, debidamente certificado y legalizado.

      • Al momento de la inscripción ambos cónyuges deben optar por el régimen patrimonial: sociedad conyugal, participación de los gananciales o separación total de bienes.

      En el caso de que ustedes hayan optado por el régimen de participación de gananciales, usted con su cónyuge deben efectuar un inventario simple de los bienes que componen sus patrimonios originarios.

      Pero si a la inscripción de matrimonio asiste sólo un cónyuge, el régimen patrimonial quedará automáticamente establecido como separación total de bienes.

      Cordiales saludos

  136. carolina henoch dice:

    hola quiero hacer una consulta hace quince años que me case en australia con mi conyuge ambos chilenos. hoy hemos vuelto a chile y el a adquirido bienes tanto muebles como propiedad raiz, pero en todas las escrituras figura soltero, ya que nunca inscribimos el matrimonio en chile. ¿¿yo tengo derecho a esos bienes, ya que en estricto rigor somos un matrimonio celebrado en el extranjero, pero no inscrito en chile. Muy agradecida de su ayuda

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Carolina,

      muchas gracias por participar en mi blog.

      Si bien es cierto que de acuerdo al Artículo 80 de la LEY N°. 19.947, «Los requisitos de forma y fondo del matrimonio serán los que establezca la ley del lugar de su celebración. Así, el matrimonio celebrado en país extranjero, en conformidad con las leyes del mismo país, producirá en Chile los mismos efectos que si se hubiere celebrado en territorio chileno, siempre que se trate de la unión entre un hombre y una mujer.». No menos cierto es que, para que su matrimonio, celebrado en el extranjero, tenga validez jurídica en Chile, esto es cuando se quiere que tenga efectos en Chile, por ejemplo en los bienes que se adquieran durante el matrimonio, debe necesariamente ser inscrito en el registro correspondiente (denominado registro X) de la circunscripción de Santiago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° N° 3 de la Ley N° 4808, sobre registro civil.

      Dicha inscripción no afecta en ningún caso la validez del matrimonio celebrado en el extranjero. Sin embargo le vuelvo a repetir si dicho matrimonio no se inscribe en Chile no podrá ser válido en un eventual juicio, según el artículo 8° de la citada ley.

      Le dejo el siguiente link, en el cual se detalla los trámites que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual es importante en su caso, lea la parte de «Incripciones».

      Espero que le haya podido ayudar a resolver su inquietud.

      Cordiales saludos

  137. Carolina F. dice:

    Hola abogado,

    Me llamo Carolina y quisiera preguntarle que requisitos debo cumplir para casarme en Chile, yo en este momento estoy en Egipto y estoy casada con mi marido haces unos meses atras, el es arabe y quisiera saber que papeles necesito para hacerlo efectivo este matrimonio en Chile..

    Muchas gracias,

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Carolina,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.

      Entiendo que se ha contraido matrimonio en Egipto, ¡Felicitaciones!Ahora bien para que su matrimonio tenga validez en Chile, Usted tiene dos posibilidades:

      1ro. Directamente en Chile: Para ello debe solicitar en el correspondiente «Registro Civil» de Egipto el certificado de matrimonio, éste debe estar certificado por la autoridad local competente y luego debe legalizar dicho documento en el correspondiente Consulado de Chile. Una vez que se encuentre en Chile debe legalizar dicho documento en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

      2do. Directamente en Egipto: Para ello debe presentarse en el Consulado Chileno en Egipto y cumplir con los siguientes requisitos y además presentar los siguientes documentos:

      • Pasaporte o cédula de identidad vigente.

      • Presentar certificado original e internacional de matrimonio otorgado por las autoridades locales competentes, debidamente certificado y legalizado.

      • Al momento de la inscripción ambos cónyuges deben optar por el régimen patrimonial: sociedad conyugal, participación de los gananciales o separación total de bienes.

      En el caso de que ustedes hayan optado por el régimen de participación de gananciales, usted con su cónyuge deben efectuar un inventario simple de los bienes que componen sus patrimonios originarios.

      Pero si a la inscripción de matrimonio asiste sólo un cónyuge, el régimen patrimonial quedará automáticamente establecido como separación total de bienes.

      Cordiales saludos

  138. pamela dice:

    hola Abogado,
    mi nombre es Pamela S. soy peruana y me quiero casar en Peru con mi pareja que es chileno , mi consulta es , si AUTOMATICAMENTE al yo casarme en Peru aparece o cambia mi estado de soltera a casada en el registro civil de Chile mi matrimonio? o en el cosulado chileno en Peru ? o yo tengo que validar o inscribir en el consulado chileno para que ESTO sea valido . yo soy residente en Chile pero quiero casarme en Peru . Muchas gracias

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Pamela,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile y felicitaciones por sus planes de matrimonio.

      Para que su matrimonio con un ciudadano chileno tenga un reconocimiento legal en Chile, tiene dos posibilidades:

      1ra. Podrán inscribirlo directamente en el consulado chileno en Perú; o

      2da. En Chile. Para ello necesita el certificado de matrimonio extranjero emitido por la autoridad correspondiente del perú y además éste se debe por una parte legalizar por el Consulado chileno del Perú y por otra legalizar en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

      Es decir respondiendo derechamente a su consulta, no existe (hasta el momento) una automatización de éste proceso entre los registros civiles internacionales.

      Cordiales saludos y mucha suerte

  139. Laura dice:

    Soy chilena, divorciada en Chile, tengo 2 hijos mayores de edad de mi anterior matrimonio, hace poco me casé en el etranjero. Quiero saber que derechos tiene mi actual esposo con respecto a un bien raíz que tengo en Chile. Si el matrimonio no se ha legalizado en mi país……le corresponde parte de mi herencia a él y a sus hijos?……no tenemos hijos en comun.

    • Abogado Pablo dice:

      Estimada Laura,

      muchas gracias por participar en Derecho-Chile.

      De acuerdo a lo establecido en el art. 80 de la Ley 19947 los requisitos de forma y fondo del matrimonio serán los que establezca la ley del lugar de su celebración. Así, el matrimonio celebrado en país extranjero, en conformidad con las leyes del mismo país, producirá en Chile los mismos efectos que si se hubiere celebrado en territorio chileno, siempre que se trate de la unión entre un hombre y una mujer.

      Esto es, nuestra legislación reconoce la validez al matrimonio celebrado en el extranjero, de lo que se sigue que la inscripción en Chile no constituye un requisito de validez del matrimonio. En otras palabras, la inscripción del matrimonio celebrado en el extranjero “en la primera circunscripción de Santiago» constituye sólo un medio de prueba, como se desprende del tenor del artículo 8° de la Ley de Registro Civil. Además, el artículo 4° de la Ley de Registro Civil tampoco establece que la inscripción sea un requisito de validez. Por lo que, independientemente de si Usted no ha inscrito su matrimonio, éste es válido con las correspondientes consecuencias jurídicas que esto conlleva.

      Espero que le haya podido ayudar a esclarescer su situación.

      Cordiales saludos

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